Logo

CARRANZA BEATRIZ ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó la recalculación y movilidad de su haber previsional por falta de actualización de componentes como la PBU, PC y PAP. El tribunal hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó el recálculo y pago de retroactivos siguiendo criterios de la Corte Suprema y de la Cámara Federal de la Seguridad Social, y difirió ciertas cuestiones de inconstitucionalidad para ejecución.

Pension Pbu Reajustes Movilidad Isbic Mopre Retroactivos Inconstitucionalidad diferida Impuesto a las ganancias Prescripcion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Carranza Beatriz Rosa. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste/re-determinación del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria -PC-, Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidades de disposiciones de las leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426 y 27.609. Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda. Se ordena a ANSES recalcular el haber y abonar retroactivos conforme a las pautas fijadas en la sentencia dentro de 120 días hábiles desde la firmeza. Se difieren para ejecución determinadas inconstitucionalidades y topes cuyo examen dependerá del cálculo final. Se imponen costas a ANSES y se difiere regulación de honorarios para ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre admisión y alcance del reclamo y prescripción: "Siendo la fecha del reclamo administrativo el (véase fs.), las diferencias retroactivas lo serán desde el 3.4.2025, (fs. 44 de la demanda y documental), las diferencias retroactivas devengadas lo serán desde el 3.4.2023."
- Sobre la PBU y su actualización diferida a ejecución: "La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 y en relación al planteo de la falta de actualización del valor de la PBU en su nueva determinación como suma fija, la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re “Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11.11.2014, al indicar que hay que considerar de manera concreta, que incidencia tiene la ausencia de incremento de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de verificarse una diferencia igual o superior al 15 %, la misma podrá ser calificada de confiscatoria."
- Sobre índice aplicable para actualizar PBU y remuneraciones: "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente “Badaro”, -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio..."
- Sobre promedio de remuneraciones para PC y PAP (índice a utilizar): "Será utilizado el Índice de Salarios Básicos de la Industria y de la Construcción-ISBIC-, de conformidad con los términos establecidos en el fallo “Blanco”, ya citado... Este índice será utilizado hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26417 (febrero de 2009 inclusive). A partir de la entrada en vigencia de la ley 26.417 (marzo de 2009), deberá estarse al índice que establece dicha normativa y sus sucesivas modificaciones legislativas y sus reglamentaciones..."
- Sobre descargo de inconstitucionalidades y deferimiento: "No habiéndose verificado que el actor posea más de 35 años y fracción mayor a 6 meses de servicios, con anterioridad al 15 de julio de 1994, resulta abstracto el planteo de inconstitucionalidad de dicho tope legal previsto en el art. 24 de la ley 24.241... Respecto al planteo de inconstitucionalidad del art. 9 inc 3 de la ley 24.463 he de diferir el mismo para la etapa de cumplimiento de la sentencia."
- Sobre aplicación de leyes de movilidad y normas reglamentarias: "En cuanto a la movilidad que corresponde, en atención a la fecha de adquisición del beneficio, resultan de aplicación las disposiciones pertinentes de la ley 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609, sus reglamentaciones y modificatorias."
- Sobre impuesto a las ganancias y retroactivos: "corresponderá definir que la probable suma que se devengue en autos, corresponde a capital e intereses no imponibles... En consecuencia, corresponde ... se abstenga de efectuar descuento alguno en concepto de impuesto a las ganancias."
- Dispositivo principal: "1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el texto.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar