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O., A. E. S/ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMAS (IPP 03-02-3521-26) (J.G N°4)

Axel Emanuel Oñate fue condenado a prisión preventiva como coautor de robo triplemente agravado por efracción, en poblado, en banda y empleo de arma de fuego. La Cámara confirmó la medida cautelar al considerar acreditada su participación en el hecho y la existencia de peligros procesales suficientes.

Robo calificado Prision preventiva Efraccion Arma de fuego Peligro procesal Antecedentes penales Evasion Banda Apelacion Coautoria

Quién demanda: Ministerio Público Fiscal (a través de la acusación)

¿A quién se demanda?

Axel Emanuel Oñate

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación contra la resolución que convirtió la detención en prisión preventiva, dictada el 18 de junio de 2026 por el Juez de Garantías Dr. David Mancinelli, por el delito de robo triplemente agravado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución que mantiene la prisión preventiva de Axel Emanuel Oñate. Fundamentos principales de la decisión: La sentencia sostiene que la defensa limitó su impugnación a cuestionar la valoración de la prueba sin referir prueba desincriminatoria alguna. Respecto de la autoría, la Cámara considera acreditada la participación del imputado, señalando: "Axel Oñate resulta ser hermano del detenido Braian y 'habría sido quien manejó la moto robada desde el lugar del hecho hasta su domicilio de Avenida Galicia N° 2511 de San Clemente del Tuyu, ello conforme a información recabada de manera encubierta y coincidiendo también con el lugar de incautación del rodado sustraído ubicado en cercanías de su domicilio'." Sobre los peligros procesales, la sentencia expresa: "En orden a los peligros procesales, cabe destacar que la pena esperada para tal procedimiento -de efectivo cumplimiento
- permite inferir interés en el imputado de evitar el sufrimiento de tal pena y, con ello, el peligro procesal de no sometimiento a juicio, previsto en el artículo 148, segundo apartado, inciso 2, disposición a la que remite el art. 171, C.P.P." Asimismo, se consideró relevante que "Axel Emanuel Oñate registra antecedentes condenatorios en su contra, encontrándose actualmente detenido, -además de la presente
- en las IPP 03-02-3797/26 en orden al delito de ROBO TRIPLEMENTE AGRAVADO POR EL USO DE ARMA IMPROPIA, EN POBLADO Y BANDA Y CON EFRACCION, y en la 03-02-4280/26 por el delito de EVASION Y ROBO AGRAVADO POR SER COMETIDO EN POBLADO Y EN BANDA". Se destacó además que "se evadió de la comisaría de Santa Teresita el día 16/6/26, siendo recapturado el 17/6/26", lo que refuerza el peligro procesal. La Cámara también consideró el testimonio de la víctima, Fernando Gabriel Misuraca, quien expresó estar "sin movilidad ya que le destrozaron la moto" y padece lesiones gravísimas, afectaciones psicológicas y problemas para dormir.

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