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LEZCANO, HECTOR JAVIER C/SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Trabajador demanda a ART por indemnización por accidente laboral que le causó fractura de quinto metacarpiano con incapacidad permanente parcial del 15,59%. El Tribunal condenó a la aseguradora al pago de $ 17.208.587,14 declarando inconstitucionales normas que limitaban la actualización del crédito indemnizatorio.

Accidente de trabajo Incapacidad laboral permanente parcial Ley 24.557 Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Indemnizacion Ibm-ripte Actualizacion monetaria Ley 26.773 Comisiones medicas

Quién demanda: Héctor Javier Lezcano, operario que sufrió accidente laboral el 27 de diciembre de 2019.

¿A quién se demanda?

SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA (ART que aseguraba al empleador Calefacción Central DAS S.R.L.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por incapacidad laboral permanente parcial derivada de accidente de trabajo. El actor sufrió fractura de quinto metacarpiano de la mano derecha al manipular un caño con una llave que se zafó. La ART otorgó prestaciones y alta médica el 10 de febrero de 2020, negando incapacidad. Tramitado ante Comisiones Médicas (expediente 188078), se fijó un porcentaje de incapacidad que no satisfizo al actor, quien promovió esta acción de revisión.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal condenó a Swiss Medical a pagar $ 17.208.587,14 (pesos diecisiete millones doscientos ocho mil quinientos ochenta y siete con catorce centavos) por 15,59% de incapacidad física parcial y permanente, más intereses del 3% anual desde la fecha del accidente. Se desestimó la excepción de pago opuesta por la demandada por falta de prueba. Fundamentos principales: "Establecido como ha quedado el grado de incapacidad que detenta el actor y su relación causal con el hecho de autos, la demandada debe ser condenada a responder en los términos de la legislación aplicable. En tal sentido, y atendiendo al porcentaje de incapacidad que se ha tenido por probado, nos encontramos ante una incapacidad laboral permanente definitiva parcial leve (incapacidad laboral inferior al 50%), de acuerdo a lo que dispone el régimen de los arts. 8 ap. 1 y 2, 12, y 14 apartado 2 inc. a) de la Ley 24.557 y sus modificatorias." El Tribunal declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/2019 que modificó el art. 12 de la Ley 24.557, argumentando que fue dictado sin observar el cumplimiento de la intervención legislativa del Congreso Nacional conforme la Ley 26.122, y que "tampoco supera la norma el test de validez constitucional en la medida que no se verifica la concurrencia de las razones de necesidad y urgencia que tornaran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes (art. 99 inc. 3 CN)." Asimismo, se declaró inconstitucional el segundo párrafo del art. 11 de la Ley 27.348 que prohibía la actualización del IBM, considerándose que "debe declararse en la especie la inconstitucionalidad del segundo párrafo del art. 11 de la ley 27.348, (ART. 14 bis, 16, CN y 39 CPBA) y consecuentemente su inaplicabilidad al caso de autos, ordenándose que el crédito actoral se actualice a fin de garantizar el cumplimiento de la función resarcitoria y de respetar la garantía de indemnidad del trabajador (art. 17 CN.)." Para la liquidación se utilizó el coeficiente RIPTE (37,06) entre diciembre 2019 y la fecha de sentencia, resultando un IBM de $ 789.543,65. Se aplicó el mínimo más favorable establecido por el DL 1694/09 ($ 14.340.489,29 actualizado) más el 20% de la Ley 26.773. Se rechazó la excepción de pago al no haberse producido prueba de su afirmación.

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