Logo

NOVELLA JONATHAN JESUS Y OTROS C/ TAURIZANO ADALBERTO RUBEN Y OTROS S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El Tribunal homologó un convenio transaccional en un conflicto laboral, reconociendo una justa composición de derechos e intereses entre las partes, imponiendo costas a los demandados por un monto total que alcanza más de $14 millones en indemnizaciones.

Homologacion de convenio Derecho laboral Acuerdo transaccional Irrenunciabilidad Art. 15 l.c.t. Justa composicion de derechos Indemnizacion laboral Costas procesales Principio protectorio Orden publico laboral

Quién demanda: Jonathan Jesus Novella, Héctor Ariel Benitez, Anibal Anoel Gemignani, Mauricio Fabian Martinez, Dario Ruben Novella y Julio Cesar Novella.

¿A quién se demanda?

Adalberto Ruben Taurizano, Graciela Lujan Young, Walter Emmanuel Taurizano y Santiago Ruben Taurizano.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de un acuerdo transaccional celebrado entre las partes en fecha 24/06/2026, en el que los demandados se comprometían al pago de indemnizaciones derivadas de un conflicto laboral.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó íntegramente el acuerdo transaccional propuesto por las partes, ordenando a los codemandados abonar a cada uno de los actores (excepto Jonathan Jesus Novella) la suma de $3.912.000, y a Jonathan Jesus Novella la suma de $10.434.780, conforme lo establece el art. 277 de la L.C.T. Se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal señaló que "el principio protectorio que impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y que se identifica plenamente con el orden público laboral, inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la L.C.T." Sostuvo además que: "Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la L.C.T. que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios, pero para su validez y eficacia exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial, sino también la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada. Ello impone la obligación de analizar y evaluar el mérito y la legalidad del acuerdo que proponen las partes." El Tribunal evaluó los términos del reclamo, la manera en que quedó trabada la litis, las manifestaciones vertidas por las partes en el convenio, las probanzas reunidas y la ratificación personal prestada por los actores conforme al art. 277 L.C.T., concluyendo que "la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (art. 15 de la L.C.T. y 30 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24)." Respecto a las costas, se impusieron a la demandada por cuanto la asunción de gastos así lo justificaba, evitando la eximición del 50% de la tasa de justicia que hubiera generado una solución distinta.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar