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MUNICIPALIDAD DE JUNIN C/ SOTTILE ANTONELA S/ APREMIO

Municipalidad de Junín promovió apremio contra Sottile Antonela por deuda. El Tribunal reguló honorarios profesionales y costas procesales en virtud del acuerdo de pago alcanzado por las partes.

Apremio Acuerdo de pago Regulacion de honorarios Ley 14.967 Costas procesales Tasa de justicia Jus arancelario Deuda municipal Proceso ejecutivo Cancelacion de credito

Quién demanda: Municipalidad de Junín

¿A quién se demanda?

Sottile Antonela

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apremio por deuda (proceso de cobro ejecutivo)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal dispuso dar por cancelada la deuda mediante acuerdo de pago por la suma de $1.056.000, regulando los honorarios profesionales y las costas procesales correspondientes. Fundamentos principales de la decisión: "De conformidad con lo manifestado en estas actuaciones 'MUNICIPALIDAD DE JUNIN C/ SOTTILE ANTONELA S/ APREMIO' y el estado de autos, tengase presente el acuerdo de pago." "En consecuencia, atento el estado de autos, de conformidad con lo solicitado, lo dispuesto por los Arts. 21, 22, 34, 57 y ccts. de la ley 14.967 y tomando como base el monto de cancelación denunciado ($1.056.000) regulo los honorarios profesionales en su equivalente a Jus arancelario (Art. 54 de la ley 14.967)." El Tribunal reguló los honorarios de la Dra. Stefania Balvidares (patrocinante) en la suma equivalente a 5 JUS, adicionándose el diez por ciento de aportes previsionales a cargo de la parte obligada al pago y el IVA según corresponda. Asimismo, se determinó el monto de la Tasa de Justicia en $23.232 y la Sobretasa de Justicia en $1.161,60, conforme a los artículos 337 y concordantes del Código Fiscal y artículo 12 inciso g de la Ley 6.716.

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