GAUD NICOLAS MARTIN C/ PROVIDENCIA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SA Y OTROS S/ EJECUCION HONORARIOS
Se promovió demanda de ejecución de honorarios regulados en autos sobre daños y perjuicios por accidente automovilístico. El Tribunal se declaró incompetente y remitió la causa al juzgado en lo Civil y Comercial N°1 del Departamento Judicial de Junín, donde tramita el proceso principal.
Quién demanda: Gaud Nicolás Martín
¿A quién se demanda?
Providencia Compañía Argentina de Seguros SA y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios cuya regulación fue efectuada en autos anteriores sobre daños y perjuicios derivados de accidente automovilístico con lesiones o muerte.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal se declaró incompetente para entender en las actuaciones y remitió la causa al Juzgado en lo Civil y Comercial N°1 del Departamento Judicial de Junín, donde tramita el proceso principal de daños y perjuicios. Fundamentos principales de la decisión: "Que los honorarios cuya ejecución se promueve fueron regulados en los autos 'TROIANO EDUARDO GUSTAVO Y OTRO C/ PROVIDENCIA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)' (Expte Nº 6382/2023) en trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº1 Dptal., por lo que corresponde que la Suscripta se declare incompetente para entender en las presentes actuaciones, declinando el conocimiento sobre ellas en favor del magistrado a cargo de donde tramitan el principal (art. 6 inc. 1 del CPCC)." La decisión se fundamenta en la ausencia de competencia funcional, dado que los honorarios cuya ejecución se pretende fueron regulados en el proceso principal que continúa ante otro juzgado, por lo que corresponde la declinatoria de competencia conforme a la norma procesal aplicable.
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