NABARRO, CESAR ANTONIO c/ OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS s/SUMARISIMO
El actor promovió acción de amparo contra OSDE solicitando dejar sin efecto aumentos de cuotas de medicina prepaga y devolución de sumas cobradas en exceso. La Cámara Comercial —Sala F— confirmó la sentencia de grado que declaró abusivos y desproporcionados los aumentos desde diciembre de 2023 y fijó como límite de actualización el IPC del INDEC, imponiendo costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: César Antonio Nabarro (afiliado OSDE, plan 210, 74 años, jubilado).
Demandado: OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios.
Objeto: se pidió dejar sin efecto los aumentos aplicados a las cuotas desde diciembre de 2023, refacturación conforme lo que establezca la sentencia, reintegro de sumas cobradas en exceso con intereses, exclusión del actor de procesos colectivos y, subsidiariamente, declaración de inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del DNU 70/2023.
Decisión: la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que admitió parcialmente la demanda, ordenó dejar sin efecto los aumentos aplicados a partir de diciembre de 2023 y disponer que los ajustes no puedan ser superiores al Índice de Precios al Consumidor (INDEC), imputando eventuales excedentes a cuotas futuras; impuso costas a la demandada. Voto en disidencia parcial propuso, en cambio, declarar la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del DNU 70/2023 y disponer efectos directos de esa declaración sobre la autorización previa de aumentos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
Transcripción 1 (sobre la sentencia de grado que se confirma):
"La sentencia del 9 de diciembre de 2025 admitió parcialmente la demanda interpuesta por César Antonio Nabarro contra Organización de Servicios Directos Empresarios —OSDE— y condenó a ésta a dejar sin efecto los aumentos aplicados a partir de diciembre de 2023, disponiendo que los ajustes no podrán ser superiores al Índice de Precios al Consumidor publicado por el INDEC. Asimismo, ordenó que las sumas cobradas por encima de tales límites fueran imputadas a cuotas futuras del plan del actor."
Transcripción 2 (sobre la aplicación del derecho del consumidor y razón de protección):
"En consecuencia, la especial característica del contrato de medicina prepaga exige una adecuada protección de los derechos del usuario ante la desigualdad existente entre la institución y el consumidor; ello no sólo por tratarse de un contrato de adhesión, sino también porque el afiliado contribuye con sus cuotas mensuales al sostenimiento y crecimiento de la institución... Frente a un consumidor cuya debilidad se encuentra agravada, el Estado, para lograr el goce efectivo de los derechos y la tutela efectiva, está obligado a potenciar los mecanismos protectorios."
Transcripción 3 (sobre la falta de prueba idónea de OSDE y aplicación del IPC):
"incumbía a la demandada acreditar de manera concreta, objetiva y verificable cuáles fueron las variables económicas utilizadas para la determinación de las nuevas cuotas ... Sin embargo, OSDE no produjo prueba idónea suficiente que permitiera verificar la existencia de una ecuación económica transparente que justificara aumentos de tal magnitud... La fijación del IPC como parámetro de recomposición aparece, en el caso, como una solución prudente y razonable."
Transcripción 4 (parte de la disidencia parcial de la Dra. Tevez, sobre inconstitucionalidad):
"En tal sentido, y frente a la ausencia de los requisitos de necesidad y urgencia que requiere el art. 99 inc 3 de la CN que habiliten su dictado, concluyo en la invalidez de los arts. 267 y 269 del DNU 70/23... Consecuentemente, corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del DNU 70/23."
(Opcional/añadido en el texto principal): se consignan las facturas aportadas por el actor que muestran la evolución de la cuota: $162.337 (01/01/2024), $226.947 (04/02/2024), $290.492 (04/03/2024), $345.685 (04/04/2024), $312.269 (07/05/2024), $339.747 (06/06/2024), $354.016 (07/07/2024).
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