VIZCARRA, RITA JOSEFA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra EDESUR S.A. por cortes reiterados del suministro eléctrico entre el 15/10/21 y el 14/08/24, solicitando $2.100.000. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a EDESUR S.A. a pagar $400.000 con costas a la demandada, por entender acreditados cortes de más de tres días y la responsabilidad contractual de la prestataria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Rita Josefa Vizcarra, por derecho propio.
Demandado: Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR S.A.).
Objeto: Daños y perjuicios por interrupciones del suministro eléctrico ocurridas entre el 15/10/2021 y el 14/08/2024, por la suma de $2.100.000 (repartidos en daño moral $800.000, daño punitivo $700.000 y daño material $600.000), más intereses, costas y costos.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a EDESUR S.A. a pagar a la actora la suma total de $400.000 más intereses desde el 27/10/2021 hasta el efectivo pago; se impusieron las costas a la demandada y se diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
1) Sobre existencia de cortes y responsabilidad:
"A tenor del informe brindado por el Ente Nacional Regulador de Electricidad incorporado al sistema LEX100 el 27/10/25 -que no fue impugnado por las partes-, se desprenden los cortes de suministro eléctrico que se produjeron en el período reclamado en la causa, por un lapso de más de tres días de cortes. Haciendo mérito de la prueba informativa del ENRE y dada la existencia de los cortes de suministro aludidos, no queda más que tener por acreditado que, en el caso, EDESUR S.A. no cumplió con la obligación de prestar el servicio de suministro eléctrico en el modo convenido."
2) Sobre inexcusabilidad de la responsabilidad:
"Además, más allá de las manifestaciones vertidas por la accionada con relación a los problemas que involucran al servicio, el hecho de que estemos ante más de tres días sin suministro eléctrico hace que la responsabilidad de EDESUR S.A. resulte inexcusable, ya que como prestataria del servicio de suministro eléctrico y en tal carácter responde por el incumplimiento de proveerlo del modo convenido."
3) Sobre daños y montos concedidos:
"En lo atinente a la extensión económica... estimo que corresponde otorgar la suma total de $200.000.-" (daño material).
"En base a la duración de los cortes y las declaraciones testimoniales, si bien encuentro justificado el reconocimiento de este rubro, considero elevado el monto solicitado. Por ello, en los términos del art. 165 del Código de rito, estimo que corresponde otorgar la cantidad de $200.000.-" (daño moral).
"El monto total de condena asciende a $400.000.-, la cual deberá ser afrontada por EDESUR S.A.."
4) Sobre daño punitivo:
"Considero que dichos extremos no se encuentran debidamente acreditados en autos, por lo que no resulta procedente el pedido formulado."
5) Decisión final (Fallo):
"1) HACER LUGAR parcialmente a la demanda y condenar a la Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR S.A.) a pagar a la Sra. Rita Josefa Vizcarra, la suma total de pesos cuatrocientos mil ($400.000.-), con más sus intereses ... dentro del plazo de 10 días hábiles desde que este pronunciamiento quede firme, consentido o ejecutoriado.
2) Imponer las costas del juicio a la demandada sustancialmente vencida (art. 68, primer párrafo del Código Procesal)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: