Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PASCUA , PABLO JAVIER s/COACCION (ART. 149 BIS)
La Fiscalía solicitó la prórroga de la prisión preventiva de Pablo Javier Pascua por riesgo de fuga y entorpecimiento procesal. La Cámara ordenó prorrogar la prisión preventiva por tres meses o hasta la finalización de la audiencia de debate, considerando la condena previa del imputado y la proximidad del juicio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Florencia Irigaray, peticiona la prórroga de la prisión preventiva.
Demandado: Pablo Javier Pascua, DNI 41.943.360.
Objeto: Prórroga de la prisión preventiva por el término de tres (3) meses o hasta la finalización del juicio, lo que ocurra primero.
Decisión: Se hace lugar a la petición y se prorroga la prisión preventiva por tres (3) meses o hasta la finalización de la audiencia de debate; se debe comunicar la prórroga a la Presidencia de la Cámara Nacional de Casación Penal y al Consejo de la Magistratura Nacional. Vencimiento operativo: 14 de julio de 2026.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"Debe ante todo destacarse que los artículos 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal establecen los parámetros a tener en cuenta para decidir acerca del peligro de fuga y de entorpecimiento para la averiguación de la verdad, respectivamente... Las restricciones a la libertad de una persona durante el proceso solo pueden tener fines cautelares y no sancionatorios, pues si esto último sucediera, se atentaría contra el principio de inocencia consagrado en el artículo 18 de la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales incorporados a ella, con idéntica jerarquía."
"En primer término, Pablo Javier Pascua fue requerido a juicio como autor del delito de amenazas, previsto en el art. 149 bis del Código Penal... si bien el ilícito atribuido al acusado tiene un mínimo de seis (6) meses de prisión, debe advertirse que el nombrado registra una condena unificada de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, impuesta por el Tribunal Oral Federal N° 3 de Rosario en fecha 31/05/2023, lo cual excluye, en principio, la posibilidad de una eventual condena de ejecución condicional y constituye un elemento objetivo para valorar el peligro de fuga en los términos del artículo 221, inciso b), del Código Procesal Penal Federal."
"Por lo tanto, considerando que ya se encuentra proveída la prueba ofrecida por las partes, se advierte que se está próximo a fijar fecha para el inicio de la audiencia de debate... En conclusión, por los fundamentos indicados precedentemente, y sin que ello implique adelantar opinión respecto del fondo del asunto, corresponde prorrogar el dictado de la prisión preventiva del acusado, conforme lo pretendido por el Ministerio Público Fiscal, por el término de tres (3) meses o hasta la finalización de la audiencia de debate."
- Votos en disidencia relevantes: No se registran votos en disidencia en el acto resolutorio.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: