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SUTTER, MAGDALENA AGUSTINA c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La actora reclamó el pago retroactivo de la bonificación por Zona Austral prevista por el art. 1 de la ley 19.485 por los períodos en que la Caja no la abonó. El Juzgado hizo parcialmente lugar al reclamo: declaró prescripto septiembre de 2023 y condenó a la Caja a liquidar y pagar las diferencias desde octubre de 2023 (o desde el posterior momento en que hubiera adquirido el beneficio) hasta mayo de 2025, con intereses y costas a la demandada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Magdalena Agustina Sutter. Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. Objeto: Pago de diferencias salariales por la omisión de abonar la bonificación por Zona Austral (art. 1 ley 19.485) por el período septiembre de 2023 a septiembre de 2025; que la bonificación se liquiden sobre la totalidad del haber y demás suplementos percibidos; intereses moratorios y costas. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se declaró prescrita la diferencia correspondiente a septiembre de 2023; se condenó a la Caja a abonar las diferencias por el período octubre de 2023 (o desde el posterior momento en que la actora hubiera adquirido el beneficio) hasta mayo de 2025 inclusive; se ordenó que la liquidación se practique sobre la totalidad del haber de pasividad (sin incluir, si correspondiere, el rubro zona desfavorable), deduciendo aportes previsionales y obra social; intereses a la tasa pasiva promedio del BCRA; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la prescripción y plazo aplicable: "De modo que es crucial dilucidar si las diferencias se devengaron con antelación a la solicitud del beneficio o con posterioridad a ese hito temporal, pues en el primer caso el plazo de prescripción será anual, y en el segundo bienal... sencillo es concluir que el plazo de prescripción aplicable es el del segundo párrafo del art. 2 de la ley 23.627 (bienal), que por otro lado, coincido con el aplicable de acuerdo a la legislación general (art. 2562 inc. c del Código Civil y Comercial de la Nación)." 2) Sobre la legitimación pasiva y administración de pasividades: "A partir del 1 de enero de 2019, entonces, la administración de los aportes, contribuciones, liquidación y pago de los beneficios de retiros, jubilaciones y pensiones de los integrantes de Gendarmería Nacional pasó a la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 760/2018... En este contexto, le resultan aplicables las consideraciones vertidas por este Juzgado... entiendo legitimada a la Caja para soportar el reclamo por las obligaciones nacidas en su cabeza luego de la transferencia." 3) Sobre el derecho a la bonificación por Zona Austral y alcance de la norma: "De modo que desde la entrada en vigencia de la ley 19.485 los jubilados de las fuerzas de seguridad, como los de cualquier régimen especial, tienen derecho a la bonificación creada para promocionar el crecimiento geográfico poblacional de la zona sur... la nueva redacción de la norma eliminó, tal vez para evitar equívocos, toda referencia al organismo deudor, estableciendo lisa y llanamente el derecho de todo beneficiario de una prestación previsional de jurisdicción nacional a percibir la bonificación, siempre que residiera en las zonas indicadas." 4) Sobre la base de cálculo del adicional: "…admitirlo [el adicional] sobre la totalidad del haber de pasividad sin incluir en esta base de cálculo, si se estuviera abonando, el rubro zona desfavorable, debiendo deducir de los importes que se obtengan los aportes de obra social y previsionales." 5) Sobre el período ejecutable por incumplimiento y alcance temporal: "La sentencia de amparo fue dictada el 20/12/2024 y quedó firme el 11/6/2025... la sentencia condenó a la demandada a cumplir con la incorporación del rubro en el haber previsional de la actora en el plazo de veinte días de quedar firme dicho decisorio... De manera que el reclamo prosperaría por los créditos devengados entre octubre de 2023 a julio de 2025. Sin embargo... la Caja demandada liquidó y abonó al actor los períodos junio y julio de 2025... por lo que el reclamo prosperará hasta mayo de 2025."
- Votos en disidencia relevantes: No existen votos en disidencia consignados.

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