LANCHAS, NELIDA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes previsionales y actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia de primera instancia en la mayoría de sus extremos, declaró la inconstitucionalidad del decreto 807/2016, ordenó redeterminaciones conforme a los precedentes “Elliff”, “Martínez” y “Marsili”, integró diferencias por la suspensión de la movilidad de 2020 y declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018; hubo divergencia sobre la constitucionalidad de la ley 27.609.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Nélida Esther Lanchas.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajustes varios; actualización de remuneraciones computables para el cálculo del haber inicial y actualización del componente PBU, impugnación de normas de movilidad (leyes 27.426, 27.609, 27.541 y decretos 807/2016 y 274/24 entre otros).
Decisión: Se confirma en la mayoría la sentencia de grado con los alcances del voto que encabeza el acuerdo (Candisano Mera) salvo en lo relativo a la constitucionalidad de la ley 27.609, respecto de la cual el voto concurrente (Picado, acompañado por Fariña) dispuso su inconstitucionalidad para 2022 y 2023 y la aplicación de aumentos trimestrales según IPC-INDEC. Se declaró la inconstitucionalidad del decreto 807/2016, se ordenó la actualización de remuneraciones computables con ISBIC hasta febrero de 2009 y por art. 2 ley 26.417 hasta la fecha de adquisición, se remitió integración por la suspensión de movilidad (ley 27.541) y se declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 imponiéndose costas a la demandada vencida. La regulación del ajuste final y topes se difirió a liquidación. Se aplicará la tasa pasiva del BCRA para intereses conforme “Spitale”.
- Fundamentos principales de la decisión (fragmentos textuales relevantes extraídos del fallo):
- "El juez de grado hizo lugar a la demanda, admitió la excepción de prescripción interpuesta por la demandada, declaró la inconstitucionalidad del decreto 807/16, dispuso la redeterminación del haber inicial y su posterior movilidad según las pautas establecidas en los fallos 'Elliff', 'Martínez' y 'Marsili', difirió el pedido de reajuste de la PBU a la etapa de liquidación conforme la doctrina establecida en el fallo 'Quiroga', aplicó el precedente 'Spitale', impuso las costas a la vencida y difirió la regulación de honorarios."
- "En consecuencia, corresponde en este punto confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del decreto 807/2016 y disponer la actualización de las remuneraciones computables a efectos de determinar las prestaciones compensatoria y adicional por permanencia conforme los lineamientos establecidos por la CSJN en autos 'Elliff, Alberto José c/Anses s/ reajustes varios'."
- "Por consiguiente, corresponde rechazar el agravio planteado por la parte actora y confirmar con los alcances expuestos la resolución recurrida." (relativo a ley 27.426)
- "debe la administración integrar el haber previsional de la parte actora del mes de diciembre de 2020 con la diferencia habida entre el aumento por movilidad que haya percibido el beneficio y el 42,13% que hubiera correspondido por aplicación de la suspendida ley de movilidad 27.426..."
- Voto concurrente (Picado): "corresponde confirmar en este punto la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, con los alcances establecidos en el citado precedente, y disponer la actualización de los haberes mediante incrementos trimestrales calculados conforme a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC..."
- Sobre costas: "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el artículo 36 de la ley 27.423 y artículo 68 del CPCCN, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada vencida..."
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