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DEMASI, JOSE ANTONIO c/ OMINT SA DE SERVICIOS s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES

El actor promovió acción de amparo contra OMINT S.A. de Servicios solicitando cobertura al 100% del medicamento Creon 25.000 (Pancreatina 300) por diagnóstico de Neoplasia Mucinosa Papilar Intraductal Pancreática e Insuficiencia Pancreática Exocrina. El juzgado hizo lugar a la acción ordenando la cobertura inmediata, continua e integral del fármaco según indicación médica, con costas a la demandada y pautas de cumplimiento.

Amparo Cobertura medicamentosa Pancreatina Derecho a la salud Medida cautelar Obligacion de obra social Cuerpo medico forense Plazo 15 dias habiles Costas Cumplimiento inmediato

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: D., J. A. (afiliado de OMINT), 65 años. Demandado: OMINT S.A. de Servicios. Objeto: cobertura al 100% y provisión inmediata y continua del medicamento Creon 25.000 (Pancreatina 300) en dosis diaria de 4 a 5 comprimidos por diagnóstico de Neoplasia Mucinosa Papilar Intraductal Pancreática de la Rama Lateral (OPMN II) e Insuficiencia Pancreática Exocrina. Decisión: Se hizo lugar a la acción; se ordenó a OMINT SA de Servicios otorgar cobertura inmediata, continua e integral del medicamento según indicaciones del médico tratante; se impusieron las costas a la demandada; se difirió regulación de honorarios hasta firmeza.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) "El derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana preexistente a toda legislación positiva que resulta garantizado por la Constitución Nacional y su protección –en especial el derecho a la salud
- constituye un bien en sí mismo, porque resulta imprescindible para el ejercicio de la autonomía personal..." 2) "Se encuentra fuera de discusión que la parte actora es afiliado de OMINT; que padece la/s dolencia/s detalladas por el médico tratante y que éste le indicó la medicación reclamada (cfr. certificado adjuntado extendido por la Dra. Silvia C. Gutierrez – gastroenteróloga – MN 55659); y que se reclamó la cobertura de manera previa a la demanda." 3) "En efecto, según emerge del desarrollo y conclusiones del dictamen del Cuerpo Médico Forense, 'La indicación de pancreatina, salvo pruebas en contrario, resulta adecuada, eficaz y conveniente para pacientes con diagnóstico de insuficiencia pancreática exocrina como presenta el Sr. Demasi, no resultando posible realizar otra consideración al respecto toda vez que no se remitió la historia clínica completa de conformidad con la Ley 26.529 por lo cual se desconoce si presenta otras afecciones y tratamientos [...]Resulta recomendable que el tratamiento sea suministrado en tiempo y forma según indicación médica [...]Los efectos adversos descriptos con el uso de la pancreatina son hiperglucemia, hipoglucemia, dolor abdominal, heces anormales, flatulencia, movimientos intestinales frecuentes, nasofaringitis' (cfr fs 200/209)." 4) "La demandada deberá cumplir de modo oportuno, regular y preciso con la provisión y/o con la orden de compra del fármaco indicado por el profesional tratante... [y] deberá cumplir su obligación sin demoras burocráticas y dentro de un plazo razonable que se fija en quince 15 días hábiles desde la presentación de las facturas." 5) Resolución dispositiva: "Hacer lugar a la acción promovida y, en consecuencia, ordenar a OMINT SA de Servicios que arbitre lo conducente para otorgar la cobertura inmediata, continua e integral del medicamento reclamado y según las dosis indicadas, por el tiempo y bajo las pautas que el médico tratante considere necesario." (Votos en disidencia: no se consignan en el texto; no hubo voto dividido relevante en la sentencia.)

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