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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: GALLARDO, EZEQUIEL IVAN s/LEGAJO DE CASACION

El defensor de confianza de Ezequiel Iván Gallardo impugnó la resolución que rechazó su planteo de inconstitucionalidad y negó la incorporación al régimen semiabierto. La Cámara admitió el recurso de casación y ordenó elevar la incidencia a la Cámara Federal de Casación Penal por vía del Sistema LEX 100.

Recurso de casacion Admisibilidad Ejecucion de la pena Regimen semiabierto Inconstitucionalidad Derecho al recurso Convencion americana Art. 75 inc.22 cn Camara federal de casacion penal Lex 100

Actor: El defensor de confianza del encartado, Dr. Juan Alberto Tiberio, en representación de Ezequiel Iván Gallardo. Demandado: Resolución dictada en el marco del Juzgado de Ejecución (incidente de ejecución), impugnada ante la Cámara. Objeto: Se impugna la resolución de fecha 30 de junio que: i) "NO HACER LUGAR AL PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD intentado por el defensor particular, en favor de su asistido EZEQUIEL IVAN GALLARDO" y ii) "RECHAZAR el pedido de incorporación de EZEQUIEL IVAN GALLARDO al régimen semiabierto de ejecución de la pena." Decisión: Se concedió el recurso de casación interpuesto, se registró, notificó y ordenó elevar la incidencia a la Cámara Federal de Casación Penal por el Sistema de Gestión Integral LEX 100.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- "Que, el Dr. Juan Alberto Tiberio -defensor de confianza del encartado
- interpuso recurso de casación, haciendo reserva del caso federal, contra la resolución dictada el pasado 30 de junio, mediante la cual dispuse 'I) NO HACER LUGAR AL PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD intentado por el defensor particular, en favor de su asistido EZEQUIEL IVAN GALLARDO. II) RECHAZAR el pedido de incorporación de EZEQUIEL IVAN GALLARDO al régimen semiabierto de ejecución de la pena, sin costas'."
- "Sentado ello, en el entendimiento de que el Tribunal no debe ser juez de sus propias decisiones y atento al derecho al recurso ante el Tribunal superior, consagrado por el artículo 8 inc. 2), Letra h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, receptado por el artículo 75, inc. 22) de la Constitución Nacional, habrá de concederse el recurso interpuesto."
- Resolución final: "CONCEDER EL RECURSO DE CASACIÓN articulado por el defensor de confianza de EZEQUIEL IVAN GALLARDO, respecto de la resolución dictada el pasado 30 de junio... Regístrese, notifíquese, publíquese, y elévese la incidencia a la Cámara Federal de Casación Penal a través del Sistema de Gestión Integral LEX 100."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el documento.

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