GUTIERREZ, SILVIA GLADYS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES reclamando reajustes varios sobre su haber previsional y la PBU. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado (diferimiento de la comprobación de merma/confiscatoriedad para la etapa de liquidación), confirmó el resto y declaró la inconstitucionalidad de la Res. 06/09 SSS por exceso reglamentario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GUTIERREZ, SILVIA GLADYS.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes varios sobre el haber previsional adquirido bajo la Ley 24.241 (recalculo del haber inicial, reajuste de la PBU, impugnación de topes y declaración de inconstitucionalidad de normas y resoluciones, costas).
Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado diferiendo para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria respecto del ajuste de la PBU; confirmó el resto de la sentencia apelada y declaró la inconstitucionalidad de la Res. 06/09 SSS. Impuso las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"I.
- Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-
Que del examen de autos surge que la Sra. GUTIERREZ SILVIA GLADYS, adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el 23/06/2016.-
Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar el índice aplicado para el recalculo del haber, el reajuste de la PBU, el tratamiento de inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463, 9, 25, 26 de la ley 24.241 y de la Res. 06/09 SSS. Asimismo, cuestiona la imposición de las costas."
"II.
- En referencia al agravio relacionado con el recalculo del haber inicial, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “BARRAGAN, RAÚL OSCAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041050094/2010/CA001 Fecha: 31/10/2017”, entre otros, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Elliff” (Fallos: 332:1914), por lo que corresponde confirmar y remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-"
"III.
- En cuanto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha: 18/02/2016, entre otros, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “QUIROGA CARLOS ALBERTO C/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS”, Fecha 11/11/2014, por lo que corresponde revocar y remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-"
"IV.
- Respecto al agravio relacionado con las normas que establecen un sistema de topes a los haberes previsionales, corresponde diferir su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia. Todo ello, de conformidad a lo resuelto en el fallo: “LÓPEZ, ISABEL B c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 031661/2014/CA001 Fecha: 20/05/2019, a cuyos fundamentos remitimos en honor a la brevedad.-"
"V.
- En relación al agravio de la apelante, vinculado con la declaración de inconstitucionalidad de la Res. 06/09 SSS corresponde remitir a lo examinado por esta Alzada en los autos “CARRAU CASH, MARIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES”, ('PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 012452/2014/CA002 Fecha: 23/08/2022) y confirmar la declaración de inconstitucionalidad decretada por el A quo, por haberse excedido el organismo de Administración de sus potestades reglamentarias.-"
"VI.
- Por último, en referencia a las costas de ambas instancias, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en: 'AGOSTINO, TERESITA DEL CARMEN c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS', 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 004420/2016/CA001 Fecha: 09/08/2023. En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN).-"
Parte resolutiva: "I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, “Quiroga” señalado precedentemente; II.
- CONFIRMAR el resto de la SENTENCIA del Juez de grado, en cuanto fue materia de apelación y agravio. III.
- IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
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