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PEREZ REYES, MARIO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor promovió acción contra ANSES por reajustes previsionales y aplicación de bonos extraordinarios. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia para recomponer el haber desde 09/2022 hasta que cese el Bono Extraordinario Previsional, declaró inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 y confirmó el resto de lo decidido.

Reajustes por movilidad Bono extraordinario previsional Ley 27.609 inconstitucional Indice ipc-indec Dnu 274/2024 Exencion impuesto a las ganancias Topes ley 24.463 Ley 23.928 Costas a la vencida Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PEREZ REYES, Mario Antonio. Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes por movilidad previsional, impugnación de la aplicación de bonos extraordinarios, tratamiento de inconstitucionalidad de normas (art. 1 Ley 27.609; art. 9 Ley 24.463; Ley 23.928), exención del impuesto a las ganancias, costas; cuestionamiento del índice previsto en DNU 274/24. Decisión: La Cámara revocó parcialmente el decisorio de grado para ordenar recomponer el haber desde septiembre de 2022 y hasta que deje de otorgarse el "Bono Extraordinario Previsional"; declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1 de la ley 27.609 en este caso y aplicar el Índice de Precios al Consumidor del INDEC; rechazó el agravio respecto del índice del DNU 274/24; confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre las retroactividades; confirmó el diferimiento del planteo respecto de la ley 23.928 para la etapa de ejecución; confirmó el resto de la sentencia y condenó en costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC." "En este contexto es que entendemos que el índice establecido en el Decreto 274/2024, se ajusta a los criterios de razonabilidad y sustitutividad con los que ha de evaluarse la normativa constitucional, por lo que ha de rechazarse el agravio formulado por la apelante..." "En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)." Resolutorio: "I.
- REVOCAR PARCIALMENTE el decisorio en cuanto ordena, RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado 'Bono Extraordinario Previsional', y en consecuencia confirmar la INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609..." "II.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio e IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos: resolución mayoritaria por los jueces firmantes; se deja constancia de vacante en el tercer cargo.

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