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MOLLE JUAN DOMINGO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor demandó por la inclusión en sus haberes de retiro de los suplementos “Servicio Externo Uniformado” y “Apoyo Operativo” creados por los Decretos 2140/13 y concordantes. El Juzgado hizo lugar a la demanda, ordenó su inclusión con carácter remunerativo y bonificable y condenó a la demandada a liquidar y pagar las diferencias con más intereses, fundando en precedentes de la Corte Suprema y en la generalidad del pago a la planta activa.

Policia federal Suplementos remunerativos Decreto 2140/13 Haber de retiro Bonificable Inclusion en haberes Intereses bcra Prescripcion Costas Liquidacion 90 dias

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MOLLE JUAN DOMINGO. Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. Objeto: Que se incorpore a los haberes de retiro los suplementos creados por los Decretos 2140/13 y concordantes (“Servicio Externo Uniformado” y “Apoyo Operativo”), su liquidación con carácter remunerativo y bonificable y el pago de las diferencias retroactivas con intereses. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se condenó a la demandada a redeterminar y liquidar los suplementos previstos por los decretos 2140/13, 813/14, 968/15 y sus ampliatorios con carácter remunerativo y bonificable, pagar las diferencias desde la vigencia de los decretos con intereses (según tasa pasiva promedio mensual del BCRA), acreditar incorporación presupuestaria y hacerlo dentro de 90 días; costas para la demandada; honorarios del 18% sobre la suma que resulte. Se admite prescripción respecto de créditos anteriores a dos años previos a la interposición administrativa salvo excepciones. Al fallecimiento del actor, las sumas se calcularán hasta la fecha del deceso y se depositarán en el proceso sucesorio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): "Con el dictado del decreto 2140/13 se procede a sustituir el art. 396 ter del decreto 1866/83 reglamentario de la ley para el personal de la Policía Federal Argentina, disponiéndose que el suplemento particular 'Servicio Externo Uniformado' de carácter remunerativo y no bonificable, será percibido mensualmente por el personal destinado en las distintas Comisarías al que se le asignare servicios de cuarto que deban cumplimentarse vistiendo uniforme y por el personal de brigada de dichas Comisarías. También lo percibirá el personal que preste servicio externo uniformado destinado en las diferentes Divisiones y Departamentos dependientes de la Policía Federal. Asimismo, en su art. 2º crea el suplemento particular 'Apoyo Operativo' de carácter remunerativo y no bonificable para ser percibido por el personal al que se le hubiere asignado tareas de apoyo y complementación a los servicios de seguridad ciudadada." "Que de los informes obrantes en los autos: 'Muiños Osvaldo Claudio c/ CRJPPFA s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg', Expte. Nº 87998/2014, sentencia del 09/10/15 y 'Moyano Carlos Alberto c/ Caja de Retiros, Jubilac. y Pens. de la Policía Federal s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.' Expte. Nº 89702/2014 ... surge que la totalidad del personal policial en actividad percibe al menos uno de los suplementos reclamados, razón por la cual, a mi criterio, no caben dudas de la generalidad con que han sido otorgadas las referidas asignaciones, pese al carácter particular que pretende asignárseles." "Por lo tanto, estimo que le asiste razón a la parte actora, debiendo ordenarse la inclusión y liquidación de los conceptos debatidos, con carácter remunerativo y bonificable." "I.
- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el actor: MOLLE JUAN DOMINGO contra el ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE SEGURIDAD Y LA CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ... II.
- Condenar a la demandada para que dentro del plazo de 90 días redetermine, liquide a la parte actora las sumas resultantes de la inclusión de los suplementos previstos por los decretos 2140/13, 813/14, 968/15 y sus ampliatorios, con carácter remunerativo y bonificable ... III.
- Imponer las costas del proceso a la accionada ... IV.
- Regular los honorarios ... en el 18% ..."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la sentencia analizada.
- Fechas/montos relevantes: Sentencia definitiva firmada el 06/07/2026; plazo de 90 días para redeterminación y liquidación; decretos invocados: 2140/13, 813/14, 968/15, y Decreto 380/2017 (alcances); interés conforme a la tasa pasiva promedio mensual del BCRA (art.10 Dto.941/91). Se admite prescripción por créditos anteriores a dos años previos al reclamo administrativo.

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