S., V. c/ GALENO ARGENTINA SA s/AMPARO DE SALUD
Amparo por cobertura de medicación para menor con hipogammaglobulinemia transitoria de la infancia. El Juzgado hizo lugar y condenó a Galeno Argentina S.A. a cubrir integralmente OCTAGAM 5% (10 g por ciclo) y costos asociados mientras lo indique el médico tratante, por considerar acreditada la indicación médica y el riesgo para la salud del niño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: M.R.G. y G.S. en representación de su hijo menor V.S.
Demandado: Galeno Argentina S.A.
Objeto: Cobertura integral (100%) del tratamiento medicamentoso a base de "OCTAGAM 5%
- inmunoglobulina humana
- 10 g f.a.x 1 x 100 m" y costos asociados a su aplicación, con la dosificación y duración que indique el médico tratante; medida cautelar previamente solicitada y otorgada.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Galeno Argentina S.A. a brindar la cobertura integral (100%) del medicamento y costos asociados por el tiempo y dosis indicados por el profesional tratante. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios y emolumentos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales):
"III.
- Cabe poner de resalto que la importancia del derecho a la salud deriva de su condición de imprescindible para el ejercicio de la autonomía personal. Según la Corte Suprema, un individuo gravemente enfermo no está en condiciones de optar libremente por su propio plan de vida. ... La ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes dispone en su artículo 14 que 'toda institución de salud deberá atender prioritariamente a las niñas, niños y adolescentes y mujeres embarazadas. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la atención integral de su salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención, promoción, información, protección, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y recuperación de la salud'."
"IV.
- Ahora bien, de las constancias de autos surgen las ordenes médicas expedidas por la profesional tratante del menor en virtud de las cuales indica el tratamiento farmacológico objeto de autos con fundamento en que '…Paciente de 2 años de edad con diagnóstico de hipogammaglobulinemia severa que como complicación presentó neumonías bacterias y múltiples internaciones…' ... En suma, del informe pericial practicado por el perito médico -Dr. Alejandro Pio Fernández-, se desprende que '…De acuerdo a la historia clínica del paciente, el mismo tuvo varias intercurrencias infecciosas respiratorias desde los 5 meses de vida… Se implementó como tratamiento inmunoglobulina con buena evolución en contexto de la inmadurez de su sistema inmunológico, proyectando hasta los 3 años hasta la nueva reevaluación… De acuerdo a la bibliografía y la clínica presentada por el paciente comparto del criterio de los profesionales tratantes en cuanto a la administración de la inmunoglobulina para mejorar el perfil inmunológico y disminuir el riesgo de infecciones oportunistas.'"
"Por todo ello, corresponde a la demandada otorgar la cobertura integral (100%) del tratamiento a base de de 'OCTAGAM 5 %
- inmunoglobulina humana
- 10g f.a.x 1 x 100 m' (cfr. ordenes médicas adjuntas) con más los costos asociados al tratamiento correspondiente para su aplicación con cobertura al 100% durante el plazo que su médico tratante así lo indique."
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