CASTAÑEDA, VICENTE ANGEL c/ EN - M JUSTICIA - LEY 24043 s/AMPARO POR MORA
El actor promovió amparo por mora contra el Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) solicitando pronta resolución de un expediente administrativo. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que hizo lugar al amparo, ordenando al organismo resolver en 20 días hábiles y mantuvo la condena en costas; además regló honorarios por 10 UMA y 3 UMA según instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Vicente Ángel Castañeda.
Demandado: Estado Nacional — Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Objeto: Amparo por mora para que se resuelva el pedido de pronto despacho relativo al expediente administrativo Nº EX—2025—141649001—APN—DGDY—MJ, presentado el 22/12/2025, con giro a la Dirección Centro de Asistencia a las Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos el 22/01/2026.
Decisión: La Cámara desestimó los agravios de la parte demandada y confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar al amparo por mora, imponiendo costas a la parte demandada y fijando honorarios al letrado de la actora en 10 UMA ($981.120) por la instancia anterior y 3 UMA ($294.336) por la instancia de alzada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que la jueza hizo lugar a la demanda de amparo por mora deducida por la parte actora y ordenó al Estado Nacional —Ministerio de Justicia y Derechos Humanos— que 'resuelva el reclamo que tramita bajo la actuación administrativa de referencia dentro del plazo de veinte (20) días hábiles administrativos de encontrarse firme la presente'. Imputó las costas a la parte demandada y reguló los honorarios del abogado de la parte actora (pronunciamiento del 30 de abril de 2026)."
"No cuestionó idóneamente que ha transcurrido un plazo más que razonable para expedirse en forma concreta y definitiva —sea en un sentido o en otro— respecto de la solicitud presentada por la parte actora (esta sala, causas ...)."
"Paralelamente, no se advierte que el plazo de veinte días para resolver la pretensión sea un plazo irrazonable (esta sala, causas ...)."
"La imposición de las costas a la parte demandada debe ser mantenida pues no se advierte ningún motivo que justifique un apartamiento del principio objetivo de la derrota."
"La naturaleza del proceso y la inexistencia de valor patrimonial involucrado en la causa obligan a seguir las demás pautas regulatorias previstas en la ley de arancel, por lo que, teniendo en cuenta el mérito, la calidad y la extensión de la labor efectuada a la luz del resultado obtenido, corresponde FIJAR en 10 UMA —equivalentes a la suma de $ 981.120 ...— los honorarios del doctor Pablo Gastón Paolini, por su actuación en ejercicio de la representación procesal y dirección letrada de la parte actora en la instancia anterior ... Corresponde FIJAR en 3 UMA —equivalentes a la suma de $ 294.336 ...— los honorarios del doctor Pablo Gastón Paolini por la tarea cumplida ante esta instancia."
- Votos discordantes: no se registran votos en disidencia; la resolución se dicta por mayoría de la sala habiéndose hallado vacante un cargo.
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