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HARINAS BAJO HONDO SACI c/ EN-SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA (EX 84092840/21) s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La actora promovió recurso directo contra la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca impugnando una decisión administrativa. La Cámara Contencioso Administrativo Federal decretó la caducidad de la instancia por inactividad de Harinas Bajo Hondo SACI al no acreditar la comunicación a la Procuración del Tesoro y remitió la causa al representante del Estado, con costas a la actora.

Recurso directo Caducidad de la instancia Inactividad procesal Ley 25.344 Procuracion del tesoro de la nacion Cpccn art. 310 Costas Secretaria de agricultura Tasa de justicia Camara contencioso administrativo federal.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Harinas Bajo Hondo SACI. Demandado: EN
- Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca (actuando como organismo externo). Objeto: Recurso directo contra resolución administrativa (expte. CAF 42648/2025, ex 84092840/21). Decisión: La Cámara decretó de oficio la caducidad de la instancia respecto del recurso intentado por Harinas Bajo Hondo SACI por no haber cumplido la carga impuesta (comunicar a la Procuración del Tesoro de la Nación y acreditar dicha comunicación), con condena en costas a la actora; además ordenó remitir al Representante del Fisco para que se pronuncie sobre la tasa de justicia abonada pero no liquidada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La parte actora fue debidamente notificada de dicha providencia el mismo día en que fue dictada, sin cuestionar la normativa indicada, ni impugnar la carga impuesta en los términos de la ley 25.344." "La caducidad de la instancia es un modo anormal de terminación del proceso, que se produce como consecuencia de la inactividad de la parte sobre la que recae la carga procesal de instarlo dentro del plazo legal... La interpretación restrictiva del instituto resulta aplicable cuando existen dudas razonables sobre el estado de abandono en el trámite del proceso, pero no cuando tal actitud aparece configurada en autos." "De la compulsa de la causa se advierte que, entre la providencia por la que se impuso a Harinas Bajo Hondo SACI la carga de llevar a cabo la comunicación a la PTN (dictada y notificada el 20/11/2025) y el día de la fecha, transcurrió el término legal previsto en el artículo 310, inciso 1°, del CPCCN, ... sin que dicha parte hubiera dado cumplimiento a tal manda, ni efectuara actuación alguna tendiente a impulsar el proceso." "Corresponde decretar -de oficio
- la caducidad de esta instancia judicial respecto del recurso de apelación intentado por Harinas Bajo Hondo SACI (conf. artículos 310, inciso 1º, y 316, ambos del CPCCN), con costas a su cargo (conf. artículo 68, primera parte, del CPCCN)." Voto mayoritario y resolución de la Cámara: dispositivo final: "decretar -de oficio
- la caducidad de esta instancia judicial respecto del recurso intentado por Harinas Bajo Hondo SACI, con costas a su cargo. Regístrese, notifíquese y, previo a girar la causa a la instancia de origen, remítase al Sr. Representante del Fisco (conf. Considerando VI)."

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