Logo

A. P. C C/ L. H. E S/ EJECUTIVO

El Ministerio Público Fiscal interpuso aclaratoria contra una sentencia de la Cámara que confirmó el rechazo de la excepción de prescripción en un juicio ejecutivo. La Cámara hizo lugar a la aclaratoria por omisión en la respuesta a los agravios fiscales, pero rechazó el recurso de apelación del agente fiscal por los mismos fundamentos que sustentaron la sentencia aclarada.

Aclaratoria Incidente Juicio ejecutivo Prescripcion de la ejecutoria Extemporaneidad Ejecucion de sentencia Omision en la respuesta de agravios Ministerio publico fiscal Excepcion de defensa Prosecucion del juicio ejecutivo.

Quién demanda: A. P. C

¿A quién se demanda?

L. H. E

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se trata de un juicio ejecutivo en su etapa de ejecución, donde el demandado opuso la excepción de prescripción de la ejecutoria, que fue rechazada en primera instancia y posteriormente confirmada por esta Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la aclaratoria interpuesta por el Ministerio Público Fiscal en cuanto a la omisión denunciada en la respuesta a sus agravios, pero rechazó el recurso de apelación que aquél había interpuesto, confirmando así el criterio sustancial de la sentencia anterior. Fundamentos principales de la decisión: La Cámara reconoció que "esta Sala ha incurrido en una omisión, en relación al recurso oportunamente interpuesto por la Fiscalia" al no abordar expresamente el posicionamiento asumido por el Ministerio Público Fiscal en su fundamentación del recurso. Sin embargo, concluyó que "la sentencia de esta Sala abordó expresamente ese núcleo de agravios de alguna forma". En particular, la sentencia aclarada respondió a la tesis fiscal confundida según la cual "la inexistencia de citación de venta habilitaría su interposición" de la excepción de prescripción. Respecto de esto, el tribunal consignó: "el planteo recursivo parte de una premisa inadecuada, al confundir la ejecución de sentencia regulada en los arts. 503 y 504 del CPCC con la etapa de cumplimiento de una sentencia de trance y remate dictada en el propio juicio ejecutivo" y aclaró que "no se estaba ante una ejecución de sentencia en sentido técnico, sino frente a la prosecución de un juicio ejecutivo ya iniciado, lo cual impide reeditar defensas en esa etapa". Asimismo, la sentencia abordó las constancias concretas del expediente, señalando que "la demandada había sido oportunamente notificada, que se la tuvo por constituida en los estrados mediante resolución firme y que se realizaron actos procesales posteriores sin oposición, deduciendo recién con posterioridad la excepción de prescripción", concluyendo por ello que "la defensa había sido introducida en forma extemporánea". Este segundo motivo de rechazo "también alcanza plenamente al planteo del Ministerio Público Fiscal".

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar