Logo

IBAÑEZ EUGENIA MARIEL C/ AGOSTINI JORGE DANIEL Y OTRO/A S/ DESPIDO

El Tribunal homologó la conciliación en un proceso de despido por la suma de $5.000.000 celebrada libremente entre las partes. La decisión se fundamentó en que el acuerdo cumple con todos los recaudos legales y no implica renuncias a derechos reconocidos ni afecta disposiciones de orden público.

Conciliacion Homologacion Despido Acuerdo de partes Proceso laboral Tribunal del trabajo Derechos del trabajador Regulacion de honorarios Costas procesales Orden publico

Quién demanda: IBAÑEZ EUGENIA MARIEL

¿A quién se demanda?

AGOSTINI JORGE DANIEL Y OTRO/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por despido (caratulado como "IBAÑEZ EUGENIA MARIEL C/ AGOSTINI JORGE DANIEL Y OTRO/A S/ DESPIDO")

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó la conciliación a que arribaron las partes, condenando en costas a la demandada y regulando los honorarios de los letrados intervinientes. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. SOSA expresó en su voto: "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 24/06/26 (por la suma de $5.000.000) fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas". Los Dres. ARECHABALA y SILVA PELOSSI compartiendo fundamentos votaron por la afirmativa. La sentencia se dictó conforme a lo dispuesto en los artículos 15 de la LCT; 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial; 24, 30 y 89 de la ley 15.057; y 73, 160, 162 y 309 del Código Procesal Civil y Comercial. El Tribunal reguló honorarios a favor de: CHAVES ESTEFANIA en 10.05 Jus ($500.000); CHAVES MARIA CELESTE en 10.05 Jus ($500.000); y REZSES RICARDO ARIEL en 20.10 Jus ($1.000.000), más diez por ciento legal y veintiuno por ciento de IVA. Asimismo, intimó a la demandada a acreditar el pago de Tasa de Justicia ($110.000) y Sobre Tasa de Justicia ($5.500) en el término de cinco días.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar