VERKA DARIO ARMANDO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
Se decretó la caducidad de la instancia en demanda por accidente in itínere por inactividad procesal del actor. El Tribunal confirmó la procedencia de la sanción tras verificar que la parte demandante no realizó actividad útil en el plazo otorgado.
Quién demanda: Verka Dario Armando
¿A quién se demanda?
La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones derivadas de accidente in itínere
¿Qué se resolvió?
El Tribunal decretó la caducidad de la instancia y condenó al actor al pago de costas. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Marina Leticia López Bellot expresó: "Que analizándose pormenorizadamente las constancias emergentes de actuados, se infiere que la parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia, con costas, lo que así declaro y propongo por ser ello mi íntima convicción." El Tribunal fundamentó la imposición de costas señalando que debían imponerse "a la parte actora (Arts. 19, 22 y 63, Ley N° 11.653; Art. 68 y concs. C.P.C.C.) en virtud de la inactividad procesal en la que incurrió en obrados." Los Dres. Ricardo Javier Monastero y Miguel Ángel Díaz Casas votaron por análogas consideraciones, arribando a una decisión unánime. El Tribunal aplicó lo prescripto por el Art. 12, segundo párrafo, de la Ley N° 11.653 al constatar que la parte demandante, a pesar de estar debidamente notificada de la intimación para producir actividad procesal útil en el plazo de cinco días, no cumplió con tal requisito.
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