PAEZ FABIANA GRACIELA C/ COMPAÑIA BERNAL S.A S/ MATERIA A CATEGORIZAR
Se promovió incidente de caducidad de instancia en proceso laboral por inactividad procesal de la demandante. El Tribunal del Trabajo Nº3 de Quilmes decretó la caducidad de instancia tras constatar que transcurrieron los plazos legales sin movimiento procesal útil desde septiembre de 2024.
Quién demanda: Páez, Fabiana Graciela
¿A quién se demanda?
Compañía Bernal S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trató de un incidente de caducidad de instancia (materia a categorizar en la demanda original).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo Nº3 de Quilmes decretó la caducidad de instancia en las presentes actuaciones, sin costas. Fundamentos principales de la decisión: "Que con fecha 4/6/2026 se intimó a la parte actora a instar el procedimiento dentro del quinto día de notificada. Que no obrando respuesta a dicha conminación a activar la causa, el último movimiento procesal útil data del 13/9/2024, por lo cual del análisis del expediente de marras surge que los plazos establecidos por el art. 11 de la ley 15.057 han transcurrido holgadamente." "Que el transcurso del tiempo, la intimación cursada en autos, el silencio guardado por la parte actora frente a ella y la falta de actividad procesal hacen aplicable al caso el instituto de la caducidad de instancia establecido especialmente por el art. 11 de la ley 15.057 y por el art. 315 (mod. ley 13.986) del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires." El Tribunal consideró que la declaración de caducidad de instancia era procedente conforme a los requisitos legales: transcurso del tiempo desde el último movimiento procesal útil (13/9/2024), intimación cursada a la actora (4/6/2026) y silencio e inactividad procesal de la demandante frente a esa conminación.
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