MENNA MARIA EUGENIA y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El Tribunal del Trabajo homologó un acuerdo transaccional celebrado entre la actora y las demandadas por la suma de $3.534.000. Se hizo lugar al planteo de homologación considerando que la transacción constituía una justa composición de derechos y deberes conforme a la normativa laboral aplicable.
Quién demanda: María Eugenia Menna
¿A quién se demanda?
RASA NORTE S.A. y Mariano Vitale
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de convenio transaccional laboral
¿Qué se resolvió?
El Tribunal resolvió homologar el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, validando la suma total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL ($3.534.000) a favor de la actora María Eugenia Menna y a cargo de las demandadas RASA NORTE S.A. y Mariano Vitale, pagaderos en la forma pactada por las partes. Fundamentos principales: La Dra. Bartoli expresó que "importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Dec. Ley 15.057), deberá homologarse la misma", citando como antecedente la jurisprudencia de la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA 10-9-95 "Garzon c/ El Mangrullo.."). El Tribunal consideró que la transacción constituía una justa composición de los derechos y deberes de ambas partes, conforme a los estándares establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo. Las Dras. Slavin y Beldarrain adhirieron integralmente al voto de la Dra. Bartoli. Se impusieron las costas a la demandada conforme a lo establecido en jurisprudencia de la SCBA. Además, se intimó a las demandadas acreditar el cumplimiento de la tasa de justicia por $77.748 y la contribución al Colegio de Abogados por $3.887,40, bajo apercibimiento de ley. Se diferió la regulación de honorarios de las letradas hasta tanto cumplan con la intimación del 18/06/2026.
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