GOMEZ DAIANA ROMINA C/ SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.U. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Trabajadora demandó a aseguradora por accidente de trabajo. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional por el cual la demandada abonará $4.000.000 a la actora, considerando justa composición de derechos e intereses de las partes.
Quién demanda: Gómez Daiana Romina
¿A quién se demanda?
Serena Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.U.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente de trabajo
- Acción especial por indemnización derivada de accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes en fecha 27/04/2026, mediante el cual la demandada se obliga al pago de PESOS CUATRO MILLONES CON 0/100 ($4.000.000) a favor de la actora. Asimismo, se impusieron costas a la demandada y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal sostuvo que "el requisito de homologación establecido por la ley laboral sustantiva en su art. 15 está dirigido a hacer efectivo el 'orden publico laboral' en el que prima el principio protectorio hacia el trabajador. Ello impone la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada, circunstancia configurada en autos, en atención a los términos del reclamo deducido, la manera en que quedó trabada la litis, las manifestaciones vertidas por las partes en el convenio de fecha 27/04/2026, el informe médico acompañado, las probanzas reunidas hasta el presente y la ratificación personal prestada por la actora en la presentación adjunta al escrito de fecha 06/05/2026." El juez preopinante concluyó que "Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (art. 15 de la L.C.T. y 30 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24 y 6 sgtes y concordantes de la ley 24.557)." Los demás jueces (Mena y Pérez Herrera) votaron en el mismo sentido, adhiriendo a los fundamentos del juez preopinante, confirmando así la decisión por unanimidad.
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