MOYA MARTIN MANUEL C/ PRIGIONI ADRIAN Y OTROS S/DESPIDO
Se declaró la caducidad de instancia en demanda por despido por inacción de la parte actora. El Tribunal del Trabajo nº 1 resolvió que la falta de impulso procesal, evidenciada en el incumplimiento de la intimación cursada, autoriza la extinción de la instancia conforme a la normativa vigente.
Quién demanda: Moya Martín Manuel
¿A quién se demanda?
Prigioni Adrián y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La demanda versa sobre una acción de despido.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró operada la caducidad de instancia y impuso las costas a la parte actora.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que en fecha 17/10/2023, se intimó a la parte actora para que impulse el tramite de los presentes bajo apercibimiento de declarar la caducidad de la instancia, atento que desde la ultima actividad procesal útil producida, había transcurrido holgadamente el plazo establecido en el art. 12 de la ley 11.653."
"Que la parte actora se ha mantenido silente, ante dicha intimación realizada, circunstancia que pone de manifiesto el desinterés en la prosecución del presente trámite."
"Que la inactividad objeto de la presente cuestión no es imputable al Tribunal, ya que el deber impulsorio de éste, establecido en el art. 11 de la ley 15.057, cesa cuando la parte a quien incumbe la realización de alguna diligencia apta para la prosecución del trámite, es la que con su desinterés -evidenciado en estos autos con el incumplimiento de la intimación cursada
- impide precisamente su ejercicio."
"Que en tales condiciones, ante la inacción de la parte actora y en virtud de lo dispuesto por los arts. 310 y 316 del CPCC (texto según ley 13.986), deviene procedente declarar la caducidad de la presente instancia."
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