ONDARCUHU JUAN RICARDO C/ LA SEGUNDA ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El actor Juan Ricardo Ondarcuhu desistió de su acción por fijación de honorarios extrajudiciales contra la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal del Trabajo nº 1 de San Nicolás de los Arroyos hizo lugar al desistimiento e impuso las costas al accionante.
Quién demanda: Juan Ricardo Ondarcuhu
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires; La Segunda ART SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Fijación de honorarios extrajudiciales
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar al desistimiento de la acción presentado por el actor mediante escrito de fecha 2 de febrero de 2026, por lo que se tuvo al Dr. Juan Ricardo Ondarcuhu por desistido de la acción contra la Provincia de Buenos Aires.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que mediante presentación de fecha 2/2/2026, el Dr. Juan Ricardo Ondarcuhu, manifestó su voluntad de desistir de la acción en los presentes actuados.
- Ello así, surge que se observa lo dispuesto por el art. 304 del C.P.C.C., aplicable por reenvío del art. 89 de la ley 15.057; por lo que cabe tener por desistida a la parte actora de la acción contra la Provincia de Buenos Aires (arts. 12 de la ley 15.057 y 277 LCT)."
"En mérito a lo dispuesto por el artículo 24 de la ley 15.057, las costas deberán ser soportadas por el accionante."
El Tribunal intimó al Dr. Ondarcuhu para que dentro de cinco días acredite el pago de $ 2.090 en concepto de tasa de justicia y $ 104,50 correspondiente a la contribución del 5% sobre la tasa de justicia instituida por ley 6716, bajo apercibimiento de remitirse los antecedentes a la Oficina Pericial Departamental y comunicar tal circunstancia a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
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