Logo

MORIONES OSCAR ALFREDO C/ RIVEROS JORGE LUIS S/DESPIDO

Demanda por despido: el Tribunal de Trabajo homologó acuerdo celebrado entre las partes. Se validó la composición de derechos e intereses conforme al artículo 15 de la L.C.T., condenando al demandado al pago de $300.000 en concepto de todos los rubros reclamados.

Despido Acuerdo homologado Composicion de derechos e intereses Ley de contrato de trabajo Sentencia interlocutoria Indemnizacion Costas procesales Ejecucion forzada Malicia procesal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Oscar Alfredo Moriones, Pamela Elizabeth Moriones (D.N.I. 33.666.180), Florencia Verónica Moriones (D.N.I. 27.857.386), Maximiliano Oscar Moriones (D.N.I. 29.718.458) y Dora Edith Selso (D.N.I. 11.323.501). A quién se demanda (Demandado): Jorge Luis Riveros. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Cuestiones litigiosas derivadas de un despido. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal de Trabajo declaró válido y homologó con fuerza de sentencia el acuerdo celebrado entre las partes, condenando a la parte demandada al pago de la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000) a favor de la parte actora por todos los conceptos reclamados en autos, con costas a cargo del demandado. Fundamentos principales de la decisión: "Se deben examinar las bases del acuerdo presentado por las partes en relación a la naturaleza de los derechos debatidos y de las demás circunstancias de la causa valorando si en tales condiciones representa una composición de derechos e intereses (art. 15 L.C.T.). Luego de un análisis del acuerdo celebrado entre las partes, del que dan cuenta las actuaciones precedentes y la naturaleza litigiosa de los derechos y de las demás circunstancias de la causa, encuentro que el mismo establece las bases que concluyen con las cuestiones litigiosas planteadas y comporta una justa composición de los derechos e intereses de las partes en los términos del art. 15 de la L.C.T." El Tribunal dispuso que la suma de $300.000 deberá abonarse dentro de los cinco (5) días de la presente, mediante depósito judicial en el Banco de la Provincia de Buenos Aires -Sucursal Olavarría, conforme lo previsto en el artículo 277 de la L.C.T. Se advirtió a las partes que en caso de incumplimiento del presente acuerdo, dicha conducta será declarada como maliciosa y temeraria, haciéndose efectivo el apercibimiento prescripto por el último párrafo del artículo 275 de la L.C.T. (modificado por Ley 26.696). Se aclaró que la presente sentencia homologatoria extiende su alcance únicamente a los rubros que han sido reclamados en autos, conforme jurisprudencia de la Suprema Corte de Buenos Aires (S.C.B.A. L. 117.405 "Carossi c/Pergamino
- S 23/12/14).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar