FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GUTIERREZ AMBROCIA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Ambrocia Gutierrez para el cobro de impuesto inmobiliario complementario. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por la suma de $101.918,10 más intereses desde junio de 2018, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Ambrocia Gutierrez
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de capital por impuesto inmobiliario complementario en la suma de Pesos CIENTO UN MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 10/100 ($101.918,10), según títulos Nro. 1043719 y 1043721, más intereses calculados a partir del 27/06/2018 hasta la fecha del efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor Ambrocia Gutierrez haga íntegro pago al Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado más los intereses calculados conforme a ley.
Fundamentos principales:
"Lo solicitado por presentación electrónica SENTENCIA DE REMATE
- SOLICITA y que, según surge del INFORME DEL ACTUARIO/A, que antecede el plazo legal para interponer excepciones legítimas, se encuentra vencido, por lo que corresponde dar por decaído el derecho que se ha dejado de usar."
"Por ello, y de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC
- aplicables por remisión del art. 25 de la ley 13406."
El Tribunal constató que el deudor fue debidamente intimado de pago en el domicilio constituido fiscal (Avenida Gobernador Máximo Paz 598, Castelar, Morón) conforme a las facultades del oficial de Justicia Ad-Hoc, y que los plazos legales para interponer excepciones se encontraban vencidos. En cuanto a costas, se condenó a la demandada vencida, difiriéndose la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en los artículos 15, 16 y 51 de la Ley 14967. Asimismo, se hizo efectivo el apercibimiento respecto del incumplimiento de la Ley 8480 por parte de la actora, comunicándose tal circunstancia al Colegio de Abogados de Morón.
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