KRECLEVICH VICTOR VENANCIO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara herederos universales de Victor Venancio Kreclevich a sus hijos Juan Manuel Kreclevich y Carriquiri y Alejandra Paola Kreclevich y Pavón, así como a su cónyuge Susana Elizabeth Pavón. El tribunal acreditó mediante certificados la defunción, filiación y matrimonio del causante, cumpliendo con los requisitos legales para la sucesión ab-intestato.
Quién demanda: Procedimiento de oficio promovido ante el Juzgado de La Plata en carácter de sucesión ab-intestato de Victor Venancio Kreclevich.
¿A quién se demanda?
No aplica
- Procedimiento sucesorio sin partes contrapuestas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos y determinación de los sucesores universales de Victor Venancio Kreclevich, fallecido el 02/12/2025.
¿Qué se resolvió?
Se declara que por fallecimiento de Victor Venancio Kreclevich le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Juan Manuel Kreclevich y Carriquiri y Alejandra Paola Kreclevich y Pavón, y su cónyuge Susana Elizabeth Pavón, a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.
Fundamentos principales de la decisión:
El tribunal acreditó mediante documentación fehaciente los hechos constitutivos de la sucesión:
"Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 1 del 7° archivo ".pdf"
- se acredita la defunción de VICTOR VENANCIO KRECLEVICH ocurrida el día 02/12/2025 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-."
"Que de la unión de VICTOR VENANCIO KRECLEVICH -causante
- con NÉLIDA BEATRIZ CARRIQUIRI nació su hijo JUAN MANUEL KRECLEVICH y CARRIQUIRI el día 07/02/1985 (ver certificado acompañado a fs. 10 -2° archivo ".pdf") -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-. Que de la unión de VICTOR VENANCIO KRECLEVICH -causante
- con SUSANA ELIZABETH PÁVON nació su hija ALEJANDRA PAOLA KRECLEVICH y PAVON el día 27/12/1989."
"Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 3 del 7° archivo ".pdf"
- se acredita el matrimonio de VICTOR VENANCIO KRECLEVICH -causante
- con SUSANA ELIZABETH PAVON ocurrido el día 28/12/1990 -art. 423 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-."
Asimismo, se constató el cumplimiento del requisito de publicación de edictos conforme al artículo 734 inciso 2º del Código Procesal Civil y Comercial, resultando negativo el llamado de acreedores. La resolución se fundamenta en los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial según Ley 26.994, así como en los artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial.
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