Logo

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CRUZ VALENTIN GUILLERMO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de cobro sumario de suma de dinero contra Cruz Valentín Guillermo por deuda refinanciada. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado extrajudicialmente entre las partes por la suma de $773.995,33, regulando los honorarios profesionales conforme principios de equidad y proporcionalidad.

Cobro sumario Homologacion de acuerdo transaccional Refinanciacion de deuda Regulacion de honorarios Equidad y proporcionalidad Articulo 1255 codigo civil y comercial Ley 14967 Gratuidad de justicia Principio de confiscatoriedad

Quién demanda: Banco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Cruz Valentín Guillermo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro sumario de suma de dinero correspondiente a deuda refinanciada mediante acuerdo extrajudicial

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hace lugar al incidente de homologación del acuerdo transaccional celebrado entre las partes por la suma de $773.995,33 y regula los honorarios profesionales y periciales conforme a los principios de equidad y proporcionalidad establecidos en la ley. Fundamentos principales de la decisión: "En virtud de eso, toda vez que las partes de manera extrajudicial han celebrado un acuerdo, el que responde a un reconocimiento de las obligaciones existentes y que motivaron a este juicio, sumado a que el mismo fue celebrado entre el Banco de la Provincia de Buenos Aires representado por un apoderado con facultades suficientes para celebrar ese acto, y el aquí demandado, habiendo alcanzado el mismo la suma de $773.995,33 de conformidad con lo normado por el art. 308 del C.P.C.C. decreto la homologación del acuerdo transaccional celebrado entre las partes." Con respecto a los honorarios, el Tribunal señaló: "Para proceder del modo dispuesto por el artículo 1255 del Código Civil y Comercial debe comprobarse una 'evidente' -es decir notoria
- e 'injustificada' -esto es inequitativa
- desproporción entre la labor desarrollada y la retribución arancelaria estipulada." El Tribunal citó la jurisprudencia de la SCBA que establece que "Cuando la determinación de los honorarios de conformidad a la aplicación de las normas arancelarias que rijan la actividad, condujere a una evidente e injustificada desproporción entre la retribución resultante y la importancia, naturaleza, alcance, tiempo, calidad o resultado de la labor cumplida, el juez deberá reducir equitativamente la misma (arts. 505, 1627, Código Civil; 13, ley 24.432)." Se regularon los honorarios del Dr. Ignacio Portela (apoderado de la actora) en la suma de $155.000 (equivalentes a 3,115 Jus ley 14967); honorarios del perito informático Javier Clemente Giménez en $60.000; y del perito contador Leonardo Andrés Mancebo en $45.660. El demandado fue eximido del pago de tasa de justicia por estar alcanzado por el beneficio de gratuidad de la ley 24240.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar