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CANESTRO ELSA INES Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Sucesión ab-intestato de Elsa Ines Canestro y Federico Antonio Minicucci. El tribunal declaró herederos universales a los cinco hijos del matrimonio y reconoció derechos sucesorios al cónyuge supérstite sobre bienes propios y gananciales.

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Quién demanda: Los herederos forzosos: Victoria Fabiana, Federico Guillermo, Ana Marcela, Gustavo Federico y Andrés Horacio Minicucci y Canestro, e implícitamente el cónyuge supérstite Federico Antonio Minicucci.

¿A quién se demanda?

No existe demandado en sentido tradicional. Se trata de un procedimiento de sucesión ab-intestato sobre los bienes de Elsa Ines Canestro (fallecida el 6 de febrero de 2024) y posteriormente de Federico Antonio Minicucci (fallecido el 27 de agosto de 2025).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de herederos y distribución de la sucesión ab-intestato conforme a las disposiciones del Código Civil.

¿Qué se resolvió?

El tribunal declaró en cuanto hubiere lugar por derecho que: 1. Por fallecimiento de Elsa Ines Canestro, la suceden en carácter de herederos universales sus cinco hijos: Victoria Fabiana, Federico Guillermo, Ana Marcela, Gustavo Federico y Andrés Horacio Minicucci y Canestro, y su cónyuge Federico Antonio Minicucci como heredero en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto a los gananciales. 2. Por fallecimiento de Federico Antonio Minicucci, la suceden en carácter de herederos universales sus cinco hijos con Elsa Ines Canestro: Victoria Fabiana, Federico Guillermo, Ana Marcela, Gustavo Federico y Andrés Horacio Minicucci y Canestro, únicos presentados en autos invocando derechos y habiendo acreditado vínculo en esta sucesión. Fundamentos principales: El tribunal basó su decisión en la acreditación documental de los hechos relevantes:
- Certificado de defunción de Elsa Ines Canestro del 29/12/25, constatando su fallecimiento el 6 de febrero de 2024.
- Certificado del matrimonio celebrado el 14 de mayo de 1959 con Federico Antonio Minicucci, quien falleciera el 27 de agosto de 2025.
- Acreditación del nacimiento de los cinco hijos de la pareja mediante constancias de fecha 29/12/25 y 25/06/26.
- Cumplimiento de la publicación de edictos prescrita por el artículo 734 inciso 2º del CPCC, con resultado negativo informado por el Actuario. La declaración de herederos se efectuó "de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, 3565 y 3570 del Código Civil (arts. 2337, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación) y 735 y 737 del CPCC.", reconociendo la calidad de herederos forzosos de los hijos y los derechos sucesorios del cónyuge supérstite conforme a la legislación vigente.

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