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BANCO SUPERVIELLE S.A. C/ LUNA ANDREA FERNANDA S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

Banco Supervielle S.A. promovió acción de secuestro conforme al artículo 39 de la Ley 12.962. El Tribunal hizo lugar a la recusación sin causa efectuada por la demandada, declinando su competencia mediante sorteo a otro juzgado.

Accion de secuestro Ley 12.962 Recusacion sin causa Competencia Desinsaculacion Codigo procesal civil y comercial Incidente procesal Primera instancia Banco supervielle Derecho civil.

Quién demanda: Banco Supervielle S.A.

¿A quién se demanda?

Luna Andrea Fernanda

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de secuestro conforme al artículo 39 de la Ley 12.962

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la recusación sin causa efectuada por la demandada. En consecuencia, se dieron de baja las actuaciones del libro de entradas y registros informáticos del Juzgado, se notificó a la Receptoría General de Expedientes para que desinsacule el Juzgado que continuará interviniendo en la causa, conforme a los artículos 14 y 16 del Código Procesal Civil y Comercial. Fundamentos principales de la decisión: "De conformidad con lo solicitado, hácese lugar a la recusación sin causa efectuada por el peticionante." La resolución se basa en la procedencia de la recusación sin causa conforme a las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial, mediante la cual se ordena la desinsaculación del juzgado interviniente a fin de que continúe conociendo otro tribunal designado por sorteo.

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