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MUNICIPALIDAD DE CAMPANA C/ CRISTANI FRANCISCO S/APREMIO

La Municipalidad de Campana y Francisco Cristani llegaron a una transacción en el marco de un apremio. El Tribunal homologó el acuerdo conforme a lo previsto por el artículo 308 del Código Procesal Civil y Comercial.

Homologacion Transaccion Apremio Deuda consolidada Articulo 308 cpcc Tasa de justicia Honorarios Ley 6716 Acuerdo entre partes Municipalidad

Quién demanda: Municipalidad de Campana

¿A quién se demanda?

Francisco Cristani

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apremio por deuda consolidada

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó la transacción celebrada entre las partes en los términos del artículo 308 del Código Procesal Civil y Comercial, teniendo por acreditado el pago de la Tasa de Justicia y su contribución de ley, así como por cumplido lo establecido en el artículo 21 de la Ley 6716 T.O. respecto de los honorarios convenidos. Fundamentos principales de la decisión: "De conformidad con lo pedido y lo preceptuado por el art. 308 del CPCC, homológase la transacción entre las partes que instruye la presentación que se provee." La homologación se sustenta en que las partes han llegado a un acuerdo transaccional que satisface los requisitos legales establecidos en el artículo 308 del Código Procesal Civil y Comercial, permitiendo dar por finalizado el proceso de apremio mediante la extinción de la obligación controvertida.

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