FERREYRA LUCIANO NORBERTO C/ AGROPECUARIA LG SRL S/ COBRO EJECUTIVO
Tribunal rechaza demanda por cobro ejecutivo por incompetencia territorial. El Juzgado determinó que la falta de acreditación de la registración del cheque de pago diferido impide invocar la competencia excepcional prevista en la ley 24.452, siendo aplicable la regla general vinculada a la entidad girada.
Quién demanda: FERREYRA LUCIANO NORBERTO
¿A quién se demanda?
AGROPECUARIA LG S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo basado en un cheque de pago diferido electrónico librado contra Banco Macro S.A., sucursal N° 544 de la ciudad de Villa Regina, Provincia de Río Negro.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal rechazó in limine la demanda por manifiesta incompetencia territorial, decretando el archivo del proceso. Fundamentos principales de la decisión: "Que si bien la actora invoca la competencia de este Departamento Judicial con fundamento en el art. 60 de la ley 24.452, de la documentación acompañada únicamente surge la presentación del título al cobro y su posterior rechazo por falta de fondos, sin que se encuentre acreditada su presentación a registro." "Que la presentación al cobro del cheque y su presentación a registro constituyen actos diversos, siendo esta última la circunstancia expresamente contemplada por el art. 60 de la ley 24.452 para habilitar la opción jurisdiccional allí prevista." "Que, en consecuencia, no verificándose en autos la registración del cheque de pago diferido, no se configura el supuesto excepcional que habilita la competencia de la jurisdicción correspondiente a la entidad depositaria, resultando aplicable la regla general de competencia vinculada a la entidad girada (arts. 3 y 60 de la ley 24.452)."
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