GARCIA Y RODRIGUEZ CAMILO C/ GRUPO LOS ABETOS S.R.L. S/ SOCIEDADES-ACCIONES DERIVADAS DE LA LEY DE
El demandante solicitó la radicación directa de una acción de nulidad de asamblea de socios por su conexidad con otro expediente. El Tribunal rechazó el incidente al no advertir conexidad de entidad suficiente que justifique apartarse de las reglas ordinarias de asignación de causas por sorteo.
Quién demanda: García y Rodríguez Camilo
¿A quién se demanda?
Grupo Los Abetos S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de reunión de socios (acción derivada de ley de sociedades comerciales), con solicitud de radicación directa del expediente ante este Juzgado por conexidad con autos "FRANCHELLA MARCELO GUSTAVO C/ CALLE CANALES GENARO ALBERTO Y OTRO/A S/ MEDIDA CAUTELAR" (Expte. N° 54.525-R2).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la solicitud de radicación directa y se ordenó la asignación del expediente conforme al régimen ordinario de distribución de causas por sorteo. Fundamentos principales de la decisión: "Que la radicación directa constituye una excepción al régimen general de asignación de causas por sorteo previsto en el art. 40 del Acuerdo 3397/08 de la S.C.B.A., por lo que su procedencia debe apreciarse con criterio restrictivo, en resguardo del principio del juez natural." "Que no se advierte en la especie la existencia de una conexidad de entidad suficiente que justifique el apartamiento de las reglas ordinarias de adjudicación de causas, ni la configuración de un riesgo concreto de pronunciamientos contradictorios que torne necesaria la intervención de un mismo órgano jurisdiccional." "Que la circunstancia de haberse convocado la reunión de socios cuya nulidad se pretende en el marco de las actuaciones antes referidas no resulta suficiente para desplazar el sistema ordinario de asignación de expedientes, tratándose de una acción autónoma con objeto propio."
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