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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ARANDA , CESAR FERNANDO Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: YÑARRA GARBOCCI, HERNAN GONZALO Y OTRO

Dos imputados celebraron un juicio abreviado por intento de robo simple; se les impuso tres meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas. La Cámara homologó el acuerdo, valoró prueba testimonial y filmaciones que acreditan la responsabilidad y declaró a ambos reincidentes conforme a sus antecedentes.

Juicio abreviado Robo simple tentativa Coautores Reincidencia Prueba testimonial Filmaciones del centro de monitoreo urbano Pena: 3 meses cumplimiento efectivo Computo de detencion Tasa de justicia $4.700 Vencimiento pena 15/07/2026

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fiscalía Oral N° 12, por intermedio del auxiliar fiscal Dr. Joaquín Buitrago. Demandado: César Fernando Aranda y Claudia Alejandra Llanes. Objeto: Homologación de acuerdo de juicio abreviado por el delito de robo simple en grado de tentativa (art. 29 inc. 3°, 45 y 164 CP; y arts. 431 bis, 530 y 531 CPPN), con imposición de pena de tres meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas; y declaración de reincidencia. Decisión: Se homologó el acuerdo, se condenó a ambos a tres meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas como coautores de robo simple en grado de tentativa; se declaró reincidente a cada uno conforme a sus antecedentes; se computó la detención y se fijó vencimiento de la pena el 15 de julio de 2026; se intimó al pago solidario de $4.700 por tasa de justicia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El día 16 de abril de 2026, siendo aproximadamente las 14.00 horas, César Fernando ARANDA y Claudia Alejandra Llanes intentaron apoderarse ilegítimamente, mediante violencia física en las personas, de un teléfono celular marca Iphone... A tales efectos, cuando Sofía Luján JIMENA se encontraba con su pareja... César Fernando ARANDA se aproximó al vehículo y trató de abrir infructuosamente la puerta delantera... introdujo una de sus manos y forcejeó con la damnificada con el objeto de quitarle el teléfono celular referido, pero no lo logró. Mientras tanto, LLANES oficiaba de 'campana'." "La referida prueba instrumental apoya el reconocimiento efectuado por la damnificada y su pareja, ya que muestra el seguimiento de los causantes, sin que fueran perdidos de vista por las cámaras de la ciudad." "Tal como ha sido descripto y reconstruido el hecho ilícito con la prueba valorada supra, encuentra adecuación típica en el delito de robo simple en grado de tentativa, previsto y reprimido en los artículos 42, 45 y 164 del Código Penal de la Nación; por el que ARANDA y LLANES deberán responder en carácter de coautores." (Sobre la reincidencia:) "La última condena que registra el nombrado... fue dictada por el TOCC 7 con fecha 16.08.2024... la sanción a imponerles sea de cumplimiento efectivo... corresponde -tal como fue acordado por las partes con el consentimiento de ARANDA
- que se lo declare REINCIDENTE... En el supuesto de LLANES... la última condena que registra es de quince días de prisión de efectivo cumplimiento... dicha sentencia quedó firme con fecha 09.04.2026... Consecuentemente, la declararé REINCIDENTE, tal como fue acordado por las partes con el consentimiento de la encausada."

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