COSTENLA GISELA ROMINA C/ PERALTA MARIA ANDREA S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951
Homologación de acuerdo de mediación en ejecución de honorarios. El Tribunal homologó el acuerdo celebrado entre las partes en audiencia del 17/06/26, regulando los honorarios de los letrados intervinientes conforme a la Ley 14.967.
Quién demanda: Gisela Romina Costenla
¿A quién se demanda?
María Andrea Peralta
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios de mediación conforme a la Ley 13.951
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo arribado por las partes en la audiencia celebrada el 17/06/26, reguló los honorarios de los letrados intervinientes y distribuyó las costas. Fundamentos principales: "Que la situación descripta encuadra en lo normado en el artículo 308 de la ley de enjuiciamiento civil, limitándose la labor jurisdiccional a examinar los requisitos exigidos por la ley para su validez y a homologar o no, la transacción efectuada por los contendientes." "Que asimismo, examinado el acuerdo, entiendo que el mismo exterioriza la voluntad expresa de las partes, quienes requirieron su homologación (art. 1641 del CCCN; art. 7 CCCN cfr. ley 26.994). De igual modo, advierto que no aparecen en forma manifiesta vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo por ellos celebrado, motivo por el cual, habiéndose dado cumplimiento con lo normado en el art. 1643 del código antes citado, corresponde homologar el acuerdo arribado pro las parte en la audiencia celebrada en feha 17/06/26 (conf. art. 308 Cód. Proc.)." Decisiones específicas: 1. Homologación del acuerdo del 17/06/26 2. Imposición de costas a la ejecutada 3. Regulación de honorarios: Dra. Gisela Romina Costenla en 3,5 JUS (Ac. 4222/26 SCBA, pto. 1) más 10% conforme ley 6716; Dr. Emilio J. Salgueiro Almeida (letrado de la ejecutada) en 2,5 JUS (Ac. 4222/26 SCBA, pto. 1) más 10% 4. Base regulatoria: $ 555.924,34
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