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El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, confirmando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos, pero modificando el cálculo de los intereses.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Reparacion integral Responsabilidad civil objetiva

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la decisión de primera instancia que condenó a los demandados a abonar montos por incapacidad sobreviniente (física y psíquica), daño moral y gastos médicos. Se modificó el cálculo de los intereses, aplicando la tasa pura del 8% anual desde el accidente hasta la sentencia, y luego la tasa activa del Banco Nación. Fundamentos principales:
- Quedó acreditado que el accidente se produjo por la maniobra imprudente del conductor del automóvil que invadió el carril por el que circulaba la motocicleta del actor.
- El actor sufrió serias lesiones físicas y psíquicas que deben ser indemnizadas de forma integral, respetando los principios constitucionales y convencionales.
- Los montos fijados por incapacidad, daño moral y gastos no resultan excesivos.
- Los intereses deben correr desde el accidente, aplicando la tasa activa, salvo que se acredite que ello implica un enriquecimiento indebido, lo que no ocurrió en este caso.

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