PEREIRA, RAQUEL c/ TRANSPORTE IDEAL SAN JUSTO S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra la empresa de transporte, luego de resultar lesionada por el impacto de una piedra arrojada desde el exterior del colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que el hecho dañoso fue causado por terceros ajenos a la empresa, lo que operó la ruptura del nexo causal.
- Actora: Raquel Pereira
¿A quién se demanda?
Transporte Ideal San Justo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por lesiones sufridas al recibir el impacto de una piedra arrojada desde el exterior del colectivo en el que viajaba.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda.
Fundamentos principales:
- La empresa de transporte tiene una obligación de seguridad de resultado hacia los pasajeros, pero el hecho dañoso fue causado por terceros ajenos a la empresa, lo que rompe el nexo causal y la exime de responsabilidad.
- Si bien en casos de transporte ferroviario se ha extendido la obligación de seguridad, en el transporte colectivo por ómnibus la empresa no puede responder por actos vandálicos de terceros que escapan a su control.
- La actora no cuestionó oportunamente las características de las ventanas del colectivo, por lo que no puede presumirse que tuvieran algún defecto que hubiera podido evitar el hecho.
- Los testimonios no indican que este tipo de hechos sean frecuentes en la zona, por lo que no podían ser previsibles para la empresa.
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