.................... S/ QUEJA
El defensor de Uriel Marcelo Lobos interpuso recurso de queja contra el rechazo de la eximición de prisión, alegando violación del derecho al recurso y arbitrariedad. El Tribunal de Casación Penal rechazó la queja al no advertir arbitrariedad manifiesta ni agravio federal, toda vez que ambas instancias se expidieron en igual sentido.
Quién demanda: Defensor Particular Dr. Alejandro Gowland en representación de Uriel Marcelo Lobos.
¿A quién se demanda?
Contra la resolución de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Dolores, que confirmó el rechazo de la eximición de prisión.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La defensa solicitó la revocación de la resolución que rechazó la eximición de prisión, alegando que: (i) la resolución restrictiva de libertad debe ser equiparable a sentencia definitiva y por tanto revisable; (ii) no existen riesgos procesales que justifiquen la restricción de libertad, toda vez que el imputado cuenta con domicilio fijo, actividad laboral y arraigo familiar; (iii) se vulneran estándares del derecho al recurso reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, con costas. Fundamentos principales de la decisión: "Tratándose de resoluciones que, como la aquí impugnada, deniegan o limitan la libertad personal, se impone la necesidad de un doble conforme, con base en el derecho al recurso previsto en los artículos 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Asimismo, el artículo 450 contempla estos supuestos como resoluciones recurribles, de modo que deben entenderse como equiparables a sentencia definitiva a la hora de decidir sobre su admisibilidad." "En el supuesto de autos, la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Juzgado de Garantías interviniente como la Alzada de apelación se expidieron en similar sentido en relación a la petición defensista. A ello debe añadirse que no se advierte, del análisis de los agravios traídos por la defensa, la existencia de un supuesto de arbitrariedad o gravedad institucional que active el control casatorio por ese carril." "Los agravios expresados por la recurrente no logran demostrar la arbitrariedad denunciada que amerite excepcionar las reglas de admisibilidad previstas normativamente para el presente. En consecuencia, no advirtiéndose circunstancia alguna que permita la apertura de esta instancia, corresponde rechazar la queja por la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto."
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