.................... S/ QUEJA
La Defensa de Rainieri cuestionó por casación el cómputo de pena que no incluyó el período en libertad bajo restricciones. El Tribunal de Casación rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación al no advertir agravio federal ni arbitrariedad manifiesta.
Quién demanda: Defensa Particular de Marcelo Ariel Rainieri
¿A quién se demanda?
Marcelo Ariel Rainieri (como condenado cuyo cómputo de pena fue cuestionado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La defensa solicitaba que se casara la sentencia de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores y se computara como tiempo de cumplimiento de condena el período en que el condenado permaneció excarcelado con restricciones (fijación de domicilio y obligación de no ausentarse por más de 24 horas), alegando que durante ese lapso trabajó, se hizo cargo de su hijo menor, no cometió nuevos delitos y evidenció reinserción social.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Casación rechazó la queja por la inadmisibilidad del recurso de casación, con costas en la instancia. Fundamentos principales: "Inicialmente corresponde señalar que, tratándose de resoluciones que, como la aquí impugnada, deniegan o limitan la libertad personal, se impone la necesidad de un doble conforme, con base en el derecho al recurso previsto en los artículos 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con el alcance asignado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en tanto lo extiende a todos los autos procesales importantes." "Ahora bien, en el supuesto de autos, la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Tribunal en lo Criminal interviniente como la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental se expidieron en el mismo sentido frente al cómputo de pena efectuado en relación a Marcelo Ariel Rainieri. A ello debe añadirse que no se advierte liminarmente, del análisis de los agravios traídos por la defensa, la existencia de un supuesto de arbitrariedad o gravedad institucional que active el control casatorio por ese carril." "En consecuencia, no advirtiéndose circunstancia alguna que permita la apertura de esta Instancia, propongo al Acuerdo, declarar mal concedido el recurso de casación interpuesto por resultar inadmisible, con costas." El Tribunal consideró que aunque la materia genera gravamen, no existía agravio federal suficiente ni arbitrariedad manifiesta que habilitara la intervención del Tribunal de Casación. La garantía de la doble instancia quedaba satisfecha por las decisiones coincidentes de primera instancia y de la Cámara departamental.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: