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.................... S/ QUEJA

Defensor Oficial interpone queja contra la denegatoria de recurso de casación en causa por defraudación por administración fraudulenta. La Sala V del Tribunal de Casación Penal rechaza la queja por inadmisibilidad del recurso de casación, considerando abastecida la garantía de doble instancia y sin evidencia de arbitrariedad manifiesta.

Recurso de queja Recurso de casacion Sobreseimiento Defraudacion Administracion fraudulenta Doble instancia Arbitrariedad manifiesta Elevacion a juicio Cuestion federal Admisibilidad.

Quién demanda: Augusto Carlos Ponce, Defensor Oficial departamental en favor de Karina Fernanda Alfaro.

¿A quién se demanda?

Contra la decisión de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Mercedes que confirmó la elevación a juicio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se case la decisión de la Alzada que confirmó la resolución del Juez de Garantías que denegó el pedido de extinción de la acción penal por prescripción y el sobreseimiento, desestimando la oposición a la requisitoria de elevación a juicio por el delito de defraudación por administración fraudulenta (art. 173 inc. 7° del CP).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Casación Penal rechaza la queja por inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, con costas en esta instancia. Fundamentos principales de la decisión: "De lo expuesto deriva que corresponde a la Cámara de Apelación y Garantías revisar lo relativo a la petición de sobreseimiento cuando esta ocurriera en la etapa preliminar al juicio. Ello implica que se trata de decisiones que están alcanzadas por la garantía de la doble instancia." "Este Tribunal, entonces, estará habilitado a intervenir solo en aquellos supuestos en los que la alzada de garantías revoque la decisión de primera instancia -por aquello de que se trata de un auto procesal importante-, o bien en supuestos en los que -aun cuando exista el doble conforme
- se advierta un agravio de naturaleza federal, sea por discutirse el contenido o alcance de una norma constitucional, o porque se presente una situación de arbitrariedad manifiesta, entendiendo por tal aquella que suponga una omisión o desacierto de gravedad extrema que descalifique el pronunciamiento como acto jurisdiccional." "En consecuencia, no advirtiéndose circunstancia alguna que permita la apertura de esta instancia, propongo al Acuerdo, rechazar la queja por la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, con costas en esta instancia... En el supuesto de autos, la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Juzgado de Garantías interviniente como la Alzada de apelación se expidieron en similar sentido en relación a la petición defensista. A ello debe añadirse que no se advierte, del análisis de los agravios traídos por la defensa, la existencia de un supuesto de arbitrariedad o gravedad institucional que active el control casatorio por ese carril."

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