CASTRO ROBERTO RAMON S/ SUCESION
Un perito martillero cuestionó la regulación de sus emolumentos como mínimos y provisorios en una sucesión. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia y rechazó fijar los honorarios como definitivos hasta la conclusión de la tercera etapa del proceso sucesorio.
Quién demanda: Perito martillero designado en el proceso sucesorio.
¿A quién se demanda?
Sucesión de Castro Roberto Ramón (mediante recurso contra la resolución judicial que reguló sus emolumentos).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
El perito impugnó la resolución de fecha 17/4/2026 que reguló sus emolumentos en carácter de mínimos y provisorios por la suma de $480.000 más aportes de ley. Argumentó que: (a) la norma citada (art. 226 CPCC) es inaplicable pues se refiere a interventores y administradores, no a peritos tasadores; (b) su trabajo fue realizado en forma total y completa, por lo que sus emolumentos deben justipreciarse en forma definitiva.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución atacada, rechazando la pretensión del perito de que sus honorarios sean fijados como definitivos en este momento procesal. Fundamentos principales de la decisión: La Cámara sostuvo que "la tarifación de los emolumentos de toda la sucesión debe efectuarse al final de la tercera etapa, que es la fase referida a todas las actuaciones que conducen a la inscripción de los bienes que componen el acervo hereditario y que va a determinar el sustrato económico del proceso en función del valor que arrojen los mismos" (art. 35, ley 14967). Asimismo, la Cámara realizó un cambio de criterio respecto de fallos anteriores, estableciendo que "los honorarios de un perito deben guardar relación y estar en concordancia no sólo con el trabajo realizado, sino también con los honorarios de los profesionales que han impulsado todo el proceso, sin que sea de rigor para el juzgador atenerse a lo que dispongan las leyes arancelarias propias de la profesión de quien realizó el dictamen". Por esta razón, no pueden fijarse los estipendios como definitivos hasta que en el proceso se llegue al momento procesal oportuno para regular emolumentos a todos los profesionales intervinientes, a fin de lograr una "homogeneización en relación a los honorarios de peritos –independientemente de su especialidad–".
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