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P.D.E. C/ F.L.E S/ ALIMENTOS

La actora promovió un recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que fijó la cuota alimentaria a favor de su hijo. La Cámara de Apelaciones declaró la nulidad del recurso por falta de acreditación de personería, considerándolo no fundado.

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Actor: Diana Elisabeth Pereyra Demandado: Lucas Ezequiel Ferrario Objeto: Cuota alimentaria para su hijo menor. Decisión: Se declaró la nulidad del recurso de apelación presentado por la Dra. Salim y se consideró no fundado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La nulidad que contempla el art. 48 del C.P.C.C. no es de la índole de las que consideran los arts. 169 y siguientes del C.P.C.C., porque mientras que para el régimen de las nulidades procesales el transcurso del tiempo es susceptible de convalidar el vicio, para el supuesto de falta de acreditación del poder o ausencia de ratificación, es precisamente el cumplimiento del plazo el que acarrea la sanción de ineficacia." "Es uniforme la jurisprudencia que establece que la obligación a que se somete voluntariamente quien invoca la prerrogativa legal de acreditar la personería so pena de nulidad de lo por él actuado, prevalece sobre cualquier otro aspecto del juicio." "Se tiene por configurada la nulidad como consecuencia del mero vencimiento del plazo sin necesidad de expresa declaración judicial."

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