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GALARZA SUSANA HAYDEE Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La trabajadora Galarza promovió demanda laboral por reclamo de derechos, arribando a un acuerdo conciliatorio por la suma de $2.800.000. El Tribunal homologó el convenio al considerar que alcanza una justa composición de derechos e intereses conforme a los principios de indisponibilidad e irrenunciabilidad del derecho laboral.

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Quién demanda: Galarza Susana Haydee (trabajadora)

¿A quién se demanda?

Marin Nora Sandra

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de convenio celebrado entre las partes en el marco de una demanda laboral.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal aprobó el acuerdo de partes mediante el cual la trabajadora reajusta su pretensión en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($2.800.000), cantidad que deberá abonarse en dos cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $1.400.000 cada una, venciendo la primera a los cinco días hábiles de la homologación y la restante a los 30 días de la anterior, mediante depósito y bajo apercibimiento de ejecución. Fundamentos principales: "Que el derecho laboral tutela al trabajador según las normas constitucionales y la legislación ordinaria reglamentaria (art. 14 Bis, C.N.; arts. 7, 9, 12, 20, 260, L.C.T.), declarando la indisponibilidad de sus derechos e imponiendo su irrenunciabilidad." "Que para que la conciliación tenga validez y eficacia debe mediar un acto expreso y constitutivo del orden jurisdiccional del trabajo (S.C.J. A y S, T 1985, II, p. 623)." "Que por ello, considerando el reclamo incoado por la parte trabajadora, los términos en los que ha quedado trabada la litis, la prueba producida hasta el presente y lo manifestado por las partes en el acuerdo arribado, estimo que la conciliación propuesta alcanza una justa composición de derechos e intereses, por lo que corresponde su homologación. (art. 15, L.C.T. y Resolución, 1840/24)." La jueza Luppi Barbella y el juez Villanueva adhirieron a los fundamentos de la jueza preopinante, votando en igual sentido.

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