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INSUA MARIANO C/ BOGS SA Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra BOGS SA y Transporte CCT SA. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes, considerando que no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses.

Homologacion de acuerdo Despido Conciliacion Articulo 15 lct Justa composicion de derechos Orden publico Costas Honorarios profesionales Tasa de justicia Cuenta judicial

Quién demanda: Insua Mariano

¿A quién se demanda?

BOGS SA y Transporte CCT SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por despido

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo al que arribaron las partes en audiencia de vista de causa, en los términos del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. Se regularon honorarios de los letrados intervinientes y se condenó al demandado al pago de costas y tasa de justicia. Fundamentos principales de la decisión: "Visto que el acuerdo al que han arribado las partes mediante AUDIENCIA DE VISTA DE CAUSA
- ACTA (247502976007776091) el que se encuentra respaldado por la documentación acompañada a estos actuados, no vulnera ningún principio de orden público y, dado que los términos del mismo constituyen en este caso una justa composición de los derechos e intereses de las partes, de conformidad con lo dispuesto por el art. 15 de la L.C.T., resultaría procedente la homologación solicitada." El Tribunal dejó constancia de que "la mora en el cumplimiento de lo pactado importará la caducidad de los plazos pendientes que se hubieran convenido, y hará ejecutable la totalidad de los montos que integran el convenio." Respecto de la eximición de tasa de justicia solicitada, se resolvió denegar la misma "toda vez que la petición no se encuentra debidamente fundada y que tampoco existe mérito para proceder de conformidad con lo pedido por quienes han elegido dar inicio al trámite judicial, poniendo en funcionamiento la actividad jurisdiccional." Se regularon los honorarios de los letrados en atención a las etapas procesales cumplidas: etapa constitutiva, tareas de prueba y conciliación en audiencia de vista de causa. Se condenó al demandado al pago de costas y se intimó por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MIL ($330.000) en concepto de Tasa de Justicia (2,2% del capital conciliado).

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