HERNANDEZ RAMON DANIEL C/ EXPERTA ART S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional por incapacidad laboral derivada de un infortunio, llegando a acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional por $10.000.000 e impuso costas a la demandada, regulando honorarios profesionales e instrumentando el pago.
Quién demanda: HERNANDEZ RAMON DANIEL
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A (EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la resolución de Comisión Médica Jurisdiccional en relación a infortunio denunciado, conforme Ley 15057.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio arribado entre las partes con fecha 08/06/2026, condenando a la demandada al pago de $10.000.000 (diez millones de pesos), más los correspondientes honorarios profesionales, tasa de justicia y contribución. Fundamentos principales de la decisión: "Ahora bien, atento las constancias de autos y analizando el convenio acompañado por aquellas ut supra referido, la ratificación personal efectuada por la parte actora, el día: 19/06/2026, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público la parte actora manifiesta tener conocimiento que el dictamen médico agregado en autos determinó que presenta una incapacidad parcial y permanente del 35,1 % de la T.O., de acuerdo a lo establecido por Baremo del Decreto Nro. 659/96, 49/14., y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." El Tribunal valoró la ratificación personal del actor, la ausencia de vulneración normativa y la conformidad del acuerdo con el ordenamiento legal aplicable. La sentencia dictaminó incapacidad parcial y permanente del 35,1% de la capacidad laboral conforme Baremo del Decreto Nº 659/96 y 49/14. Se impusieron las costas a la demandada conforme lo pactado entre las partes y lo establecido en los arts. 24 y concordantes de la Ley 15.057. Los honorarios fueron regulados para los letrados intervinientes: Dr. Juan Damian Salerno (40,20 IUS = $2.000.000), Dr. Antonio Gerardo Mongiello (26,13 IUS = $1.300.000) y María Eugenia Demierre (14,07 IUS = $700.000), más aportes previsionales e IVA; y para el perito médico Dr. Oscar Eduardo Álvarez ($500.000 más 10% de aportes de ley). Se ordenó el pago del capital actoral en cuenta sueldo del trabajador conforme Ley 26.590 y art. 77 LCT, o en su defecto, en cuenta de autos.
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