DANN DAMIÁN GASTÓN C/ SWISS MEDICAL ART SAU S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Actor promovió demanda por accidente de trabajo contra su empleadora Swiss Medical Art S.A.U. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por la suma de ocho millones de pesos, considerando que se adecúa a las normas de orden público y constituye justa composición de la litis.
Quién demanda: DANN DAMIÁN GASTÓN (actor/trabajador)
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.U. (demandada/empleadora)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación de daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo denunciado en autos
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio arribado entre las partes en fecha 11/06/2026, por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000.-), condenando a la demandada al pago de costas, tasa de justicia y regulación de honorarios profesionales. Fundamentos principales de la decisión: "Ahora bien, atento las constancias de autos y analizando el convenio acompañado por aquellas ut supra referido, la incapacidad del 2,28% que surge del informe médico acompañado por las partes y la ratificación personal efectuada por la parte actora, el día 22/06/2026, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." El Tribunal consideró que el acuerdo se ajusta a los requisitos legales exigidos por la Ley de Contrato de Trabajo, tomando en consideración el grado de incapacidad establecido en el informe médico (2,28%) y la aceptación personal del accionante ratificada en audiencia del 22/06/2026. La homologación se fundó en la conformidad de ambas partes y la ausencia de vulneración a normas de orden público laboral. Además, el Tribunal reguló los honorarios de los letrados intervinientes, Dras. DAIANA ANABELLA FIGUEREDO (patrocinante de la actora) y Dr. SANTIAGO SANCHEZ (apoderado de la demandada), en la cantidad de 32,16 JUS (equivalentes a $1.600.000 cada uno), conforme a los parámetros establecidos en la Ley 14.967.
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