RIOS JONATHAN ADRIAN C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Actor demandó a aseguradora de riesgos del trabajo por enfermedad profesional, solicitando homologación de acuerdo conciliatorio por $25.000.000. El Tribunal, por mayoría, homologó el acuerdo conciliatorio celebrado libremente entre las partes, considerando que cumple con los recaudos legales exigidos y no afecta disposiciones de orden público.
Quién demanda: Jonathan Adrian Rios
¿A quién se demanda?
Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por enfermedad profesional. Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio por la suma de $25.000.000 que requería homologación judicial.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio en todas sus partes, involucrando la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas. Se condenó a la demandada al pago de costas y se regularon honorarios de los letrados intervinientes. Fundamentos principales de la decisión: La Jueza Sosa, en voto mayoritario, expresó: "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 29/05/26, por la suma de $25.000.000, fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta disposiciones vigentes de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba". El fundamento se sustentó en que el acuerdo cumple con los requisitos establecidos en los artículos 15 de la LCT, 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial, Leyes 24.557 y 26.773 modificatorias, y artículos 24, 30 y 89 de la ley 15.057, sin afectar derechos irrenunciables del trabajador. El Juez Arechabala votó por la negativa, argumentando que "la incapacidad denunciada, surge de un informe médico privado que no logra formar convicción en relación a la incapacidad resultante y su ajuste al baremo legal" y que "no resulta posible evaluar la dimensión del conflicto que permita valorar si el acuerdo presentado afecta o no el orden público laboral". Sin embargo, su voto fue minoritario. El Juez Sanchez Sierra adhirió al voto mayoritario.
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